EDICTO (1130/2011).

Sección5 - Administración de Justícia
EmisorJuzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela
Rango de LeyEdicto

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 1130/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Laura Barreiro Cobas y María del Mar Rial Viaño contra la empresa Prosalud Galicia, C.B., Sandra Meijide Ferreira, Fernando Acuña Piñeiro, Diego Carballeira Vázquez y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia nº 118, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia.

En Santiago de Compostela a 18 de marzo de 2014.

Vistos por Mª del Carmen Barcala Barreiro, magistrada-jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de los de Santiago de Compostela, los presentes autos registrados con el número indicado, promovidos a instancia de Laura Barreiro Cobas y María del Mar Rial Viaño, asistida por la letrada Sra. Cancela Regueiro, frente a Prosalud Galicia, C.B., que no comparece pese a constar debidamente citado, frente a Sandra Cristina Meijide Ferreira y Fernando Acuña Piñeiro, representados y asistidos por el letrado Sr. da Pena Gutiérrez, frente a Diego Carballeira Vázquez, que no compareció pese a constar debidamente citado, y frente al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que no compareció pese a constar debidamente citado, se dicta la presente sentencia en base a los siguientes

(…)

Fallo que estimo íntegramente la demanda interpuesta por Laura Barreiro Cobas y Mª del Mar Rial Viaño frente a Prosalud Galicia, C.B., Sandra Cristina Meijide Ferreira, Fernando Acuña Piñeiro, Diego Carballeira Vázquez y el Fogasa y, en consecuencia...

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