ORDEN de 8 de abril de 2014 por la que se anuncia la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo vacante en esta consellería.

Sección4 - Oposiciones y Concursos
EmisorConsellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo establecido en el artículo 29.2º del texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 17.4º del mismo texto refundido, esta consellería

DISPONE:

Primero. Anunciar la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo que se indica en el anexo I de esta orden.

Segundo. Podrán concurrir a ella los/as funcionarios/as de carrera que reúnan las condiciones que para el puesto de trabajo se señala en el anexo I.

Tercero. Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se presentarán en el Registro General de la Xunta de Galicia (Edificio Administrativo San Caetano, Santiago de Compostela), o en las oficinas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de 15 días contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, según el modelo que se incluye como anexo II.

Cuarto. Los/as aspirantes deberán adjuntar con la petición un curriculum vitae y justificar, mediante certificación o copia compulsada de los documentos acreditativos, los méritos que aleguen.

Quinto. Esta convocatoria será resuelta por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria. En caso de que resulte seleccionado/a para ocupar el puesto de trabajo que se anuncia en el anexo I de esta orden un/una funcionario/a con destino en otra Administración pública, se requerirá el informe favorable del departamento donde preste servicios, considerándose favorable si no se emitiese en el plazo de quince días, conforme a lo previsto en el artículo 67 del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, y demás disposiciones concordantes.

Una vez tramitado su traslado a esta comunidad autónoma, se procederá a adjudicarle el puesto para el que fue seleccionado. Si en el plazo de dos meses, a partir de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, el/la funcionario/a seleccionado/a no se pudiese incorporar a la Comunidad Autónoma, se considerará desierto el puesto y podrá procederse de nuevo a su provisión.

Sexto. La resolución de esta convocatoria se hará pública en el Diario Oficial de Galicia y podrá declararse desierto el puesto de trabajo, de considerarse oportuno.

Séptimo. El plazo para la toma de posesión del...

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