ORDEN de 15 de septiembre de 2014 por la que se amplía la dotación presupuestaria de la subvención convocada al amparo de la Orden de 27 de diciembre 2013 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la apertura de nuevos establecimientos comerciales y se procede a su convocatoria para el año 2014 (código de procedimiento IN217A).

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA
Rango de LeyOrden

La Orden de 27 de diciembre de 2013, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 23, de 4 de febrero de 2014, establece las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la apertura de nuevos establecimientos comerciales y procede a su convocatoria para el año 2014 (código de procedimiento IN217A).

En el artículo 1 de la orden y artículo 2.1 de su anexo I –Bases reguladoras–, se precisa que dichas subvenciones serán financiadas con el crédito correspondiente a la aplicación presupuestaria 08.02.751-A.770.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, por un importe total de 500.000 euros.

En el artículo 8.4 del anexo I de la orden también se señala que «El resto de las actuaciones subvencionables quedará en reserva para ser atendidas bien con el crédito que quede libre de producirse alguna renuncia o modificación en los proyectos inicialmente subvencionados, bien con el incremento de los créditos presupuestarios destinados a estas subvenciones (...)».

Al objeto de poder amparar el mayor número de solicitudes, y puesto que la dotación inicial resulta insuficiente, se tramita el correspondiente expediente de ampliación de crédito, por lo que es necesario, mediante esta orden, ampliar la dotación presupuestaria consignada inicialmente para la concesión de las mencionadas subvenciones dada la existencia de remanentes de otras convocatorias del año 2014, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 31.2.b) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. En estos casos se publicará la ampliación de crédito por los mismos medios que esta convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me confieren los artículos 38, 43.3 y 44 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, y demás disposiciones de general aplicación,

DISPONGO:

Artículo 1 Financiación
  1. Se amplía la dotación presupuestaria prevista en la Orden de 27 de diciembre de 2013, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 23, de 4 de febrero de 2014, por la que se establecen las bases reguladoras para...

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