Orden de 21 de noviembre de 1995 por la que se desarrolla el Decreto 24/1995, de 20 de enero, por el que se regulan los centros bibliotecarios fijos en lo referente a la creación de bibliotecas municipales en colaboración con la Consellería de Cultura y por la que se regula la integración en la red de bibliotecas de Galicia.

Extracto


Orden de 21 de noviembre de 1995 por la que se desarrolla el Decreto 24/1995, de 20 de enero, por el que se regulan los centros bibliotecarios fijos en lo referente a la creación de bibliotecas municipales en colaboración con la Consellería de Cultura y por la que se regula la integración en la red de bibliotecas de Galicia.

La Ley 4/1989, de 11 de octubre, señala la responsabilidad de la Xunta de Galicia en el fomento de la creación de bibliotecas, en su conservación y mejora, así como en su labor inspectora, de tutela y coordinación, su papel planificador, técnico y coordinador y la obligación de establecer normas de funcionamiento del sistema bibliotecario. El Decreto 24/1995, de 20 de enero, que desarrolla los aspectos de la ley referentes a los centros bibliotecarios fijos señala, por su parte, una serie de normas y requisitos aplicables a las bibliotecas para su integración en la red de bibliotecas...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía