RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2011, de la Secretaría General de Modernización e Innovación Tecnológica, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la extensión de redes de acceso de banda ancha en el rural gallego, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del Programa operativo FEDER Galicia 2007-2013, y se procede a su convocatoria para el período 2011-2013 (procedimiento administrativo PR880C).

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y JUSTICIA
Rango de LeyResolución

La conectividad en banda ancha es una componente clave para el desarrollo, adopción y utilización de tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en la economía y la sociedad. La banda ancha reviste importancia estratégica dada su capacidad de acelerar la contribución de estas tecnologías al crecimiento y a la innovación en todos los sectores de la economía y a la cohesión social y territorial.

La disponibilidad generalizada de servicios de banda ancha para todos los ciudadanos europeos es una actuación apoyada activamente por la Comisión Europea, tal como se establece en la Estrategia de Lisboa y en comunicaciones posteriores, tales como «2010-Una sociedad de la información europea para el crecimiento y el empleo» de 1 de junio de 2005.

En este sentido, según las directrices de la Comisión Europea, una intervención pública selectiva en el ámbito de la banda ancha puede contribuir a reducir la brecha digital existente entre las regiones en que se dispone de servicios de banda ancha asequibles y competitivos y aquellas que carecen de dichos servicios.

En Galicia, en los últimos años, se llevaron a cabo diversas actuaciones por parte de diferentes entidades -Administración estatal, autonómica, local y diputaciones provinciales- para tratar de extender el servicio de banda ancha a todos los gallegos.

Sin embargo, las actuaciones para el despliegue de redes de banda ancha que se llevaron o están a llevarse a cabo por parte del Estado, por parte de la Administración así como, por parte de múltiples ayuntamientos y por las distintas diputaciones provinciales, carecieron siempre de una política común de actuación en materia de despliegue de infraestructuras y equipamiento, lo que implicó una importante falta de visión global y coordinación a la hora de llevarlos a cabo.

De este modo, hoy en día, la disponibilidad de banda ancha en Galicia dista mucho de poder considerarse satisfactoria, pues en torno al 37% de los núcleos de población de Galicia no disponen de acceso a la banda ancha.

Con fecha de 18 de febrero de 2010, la Xunta de Galicia aprobó el Plan Director de Banda Ancha de Galicia 2010-2013 en que se define la estrategia global para posibilitar el acceso al servicio de banda ancha a toda la sociedad gallega como uno de los motores principales para el desarrollo de Galicia, situándola entre las regiones de referencia en el desarrollo de las nuevas tecnologías y redes para la Sociedad de la Información.

Con la ejecución del Plan Director de Banda Ancha de Galicia 2010-2013 se pretende desarrollar y extender las nuevas tecnologías y equipamiento de telecomunicaciones de banda ancha a los ciudadanos, organismos públicos y tejido empresarial de Galicia, con especial foco en aquellas zonas más desfavorecidas o desatendidas:

Fomentando la cohesión y la vertebración territorial, contribuyendo al bienestar y desarrollo social y su integración en la Sociedad de la Información.

• Impulsando el sector empresarial mediante el uso de las nuevas tecnologías de banda ancha cómo dinamizadoras económicas y generadoras de empleo, competitividad e innovación.

• Incentivando la participación de los distintos agentes implicados y controlando la sostenibilidad de las inversiones.

• Impulsando la modernización de los servicios públicos y facilitando el acceso a la Administración electrónica avanzada.

• Motivando la coordinación de los distintos organismos públicos para la unificación de esfuerzos y maximizar su impacto.

La Xunta de Galicia, a través de la Secretaría General de Modernización e Innovación Tecnológica (SXMIT), como órgano superior de la Administración autonómica con competencias en esta materia, impulsa esta resolución como continuación y parte integral de la ejecución de las actuaciones de despliegue del Plan Director de Banda Ancha de Galicia 2010-2013.

Las actuaciones de esta convocatoria estarán cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del Plan Operativo Feder Galicia 2007-2013, eje 1-Desarrollo de la Economía del Conocimiento (I+D+i, Sociedad de la Información y TIC), tema prioritario 10 Infraestructuras telefónicas, actuación (1.10.4) * Infraestructuras de telecomunicaciones. Por lo tanto, su tramitación queda condicionada al cumplimiento de la normativa de la Unión Europea en esta materia.

En consecuencia, y en el uso de las facultades que me fueron concedidas,

RESUELVO:

Artículo 1 Bases reguladoras y convocatoria.
  1. Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases, que se incluyen como anexo I, por las que se regirá la concesión de subvenciones, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), para la extensión de redes de acceso de banda ancha en el rural gallego, dentro del área de actuación de extensión de las redes de banda ancha en el entorno rural de Galicia, dentro de la línea estratégica de desarrollo de infraestructuras, del Plan Director de Banda Ancha de Galicia 2010-2013, aprobado por el Consello de la Xunta el 18 de febrero de 2010.

  2. Asimismo, por medio de esta resolución se convocan las citadas subvenciones para el período 2011 - 2013 (procedimiento administrativo PR880C).

Artículo 2 Solicitudes.

Para poder ser beneficiario de la subvención deberá presentarse una solicitud ajustada al modelo normalizado que se incluye como anexo VI de esta resolución, junto con la documentación que se especifica en las bases reguladoras que se incorporan a la presente resolución como anexo I.

El plazo para la presentación de las solicitudes es de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

Las solicitudes se presentarán en el registro general de la Xunta de Galicia o por cualquiera de los medios referidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRXPAC), en modelo normalizado (anexo VI), junto con la documentación que a continuación se indica. Asimismo, el citado modelo se podrá descargar en la página web de la Secretaría: http://imit.xunta.es.

El hecho de no ajustarse a los términos de la convocatoria, así como la ocultación de datos, su alteración o cualquier otra manipulación de la información, será causa de desestimación de la solicitud, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 54 a 56 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Artículo 3 Plazo de duración del procedimiento de concesión.

Una vez finalizado el plazo para la presentación de solicitudes, estas serán tramitadas y valoradas de acuerdo con el procedimiento establecido en las bases reguladoras, que no podrá tener una duración superior a 6 meses.

Artículo 4 Crédito.

Para la financiación de esta convocatoria está prevista una dotación presupuestaria máxima de 15.290.000 € que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 04.70.571A.775.0, con la siguiente distribución:

2011 2012 2013
04.70.571A.775.0 2.285.000 € 5.105.000 € 7.900.000 €

Las actuaciones de esta convocatoria estarán cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del Plan Operativo Feder Galicia 2007-2013, eje 1 - Desarrollo de la Economía del Conocimiento (I+D+i, Sociedad de la Información y TIC), tema prioritario 10 “Infraestructuras telefónicas”, actuación (1.10.4) * Infraestructuras de telecomunicaciones.

Artículo 5 Información a los interesados.
  1. Sobre este procedimiento administrativo, que tiene el código PR880C, se podrá obtener documentación normalizada o información adicional en la Secretaría General de Modernización e Innovación Tecnológica a través de los siguientes canales:

    1. Página web oficial de la Secretaría General (http://imit.xunta.es), en su apartado de ayudas.

    2. El teléfono 981 95 78 68.

    3. La dirección electrónica oficina.bandalarga@xunta.es

    4. Presencialmente.

    Asimismo, para...

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