Resolución de 11 junio de 2010 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la extensión de redes de acceso de banda ancha en el entorno rural de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2010.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorAGENCIA GALLEGA DE DESARROLLO RURAL
Rango de LeyResolución

En la Comunicación COM (2009) 103, de 3 de marzo de 2009, de la Comisión al Consejo y al Parlamento: mejorar el acceso de las zonas rurales a las modernas tecnologías de la información y la comunicación (TIC), la comisión reconoce que la utilización eficaz de las tecnologías de la información y de la comunicación, impulsada por un mejor acceso a internet de alta velocidad (banda ancha), desempeña un papel fundamental para aumentar la productividad y promover la innovación en Europa y, en particular, en las zonas rurales.

En este contexto, la comisión alienta a los estados miembros a impulsar las sinergias y complementariedad entre los instrumentos de la política regional, la política de desarrollo rural y las políticas nacionales en materia de TIC, para superar los desequilibrios territoriales en lo relativo al acceso a la banda ancha, más acusados en las zonas rurales.

Por su parte, en el contexto más amplio de la Estrategia de Lisboa, los estados miembros están impulsando planes para acelerar el desarrollo de las TIC, y, específicamente, incrementar el grado de penetración de la banda ancha mediante el despliegue de las correspondientes infraestructuras.

En el caso de la Comunidad Autónoma de Galicia, el Consello de la Xunta de Galicia celebrado el 18 de febrero de 2010 aprobó el Plan director de banda ancha 2010-2013 (PDBA), que constituye el marco estratégico de actuación destinado a que la práctica totalidad de los ciudadanos y empresas gallegas tengan acceso de calidad a la banda ancha como uno de los motores principales para el desarrollo de Galicia.

En el marco del PDBA, la Secretaría General de Modernización e Innovación Tecnológica -órgano de la Administración autonómica al que compete el impulso y promoción del PDBA- y la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader), suscribieron el 12 de mayo de 2010 un convenio de colaboración para la coordinación de actuaciones relativas al despliegue de infraestructuras de banda ancha en el territorio rural gallego en relación con la Línea estratégica 1.-Despliegue de infraestructuras del PDBA, que se concreta, entre otras actuaciones, en la tramitación de una convocatoria pública de subvenciones, a fin de desplegar una red de acceso de banda ancha en una de las regiones en las que la brecha digital entre zonas rurales y urbanas es más acusada. Además de favorecer la penetración de la banda ancha de calidad en esta región, el aprovechamiento de la infraestructura existente y el fomento de la competencia fueron los principales criterios empleados a la hora de la definición de la presente convocatoria.

En las directrices comunitarias para la aplicación de las normas sobre ayudas estatales al despliegue rápido de redes de banda ancha, la Comisión Europea mantiene que una intervención estatal selectiva en el ámbito de la banda ancha puede contribuir a reducir la brecha digital que se abre entre zonas en las que se dispone de servicios de banda ancha accesibles y competitivos y las zonas que carecen de dichos servicios. La licitación abierta garantiza la transparencia para todos los inversores que deseen presentar ofertas para la realización del proyecto subvencionado; asimismo, es un método de minimizar la ventaja potencial de la ayuda estatal y reduce el carácter selectivo de la medida ya que non se conoce de antemano quién es el beneficiario.

Teniendo en cuenta lo anterior, y en el marco de las competencias delegadas por acuerdo del Consejo de Dirección de Agader de 21 de junio de 2007,

RESUELVO:

Primero.-Aprobar las bases que regirán la convocatoria de subvenciones para la extensión de redes de acceso de banda ancha en el entorno rural de Galicia, que se adjuntan a esta resolución como anexo I.

Segundo.-Aprobar los formularios para la gestión de la convocatoria correspondiente al año 2010, que se unen a esta resolución como anexo II:

Modelo A).-Solicitud.

Modelo B).-Declaración de otras ayudas y declaración responsable.

Modelo C).-Resumen de la memoria económica del proyecto.

Tercero.-Convocar, para el año 2010, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para la extensión de redes de acceso de banda ancha en el entorno rural de Galicia.

Esta convocatoria se enmarca en el área de actuación A A 1.3-Extensión de las redes de banda ancha al entorno rural de Galicia, de la línea estratégica 1.-Desarrollo de infraestructuras, del Plan director de banda ancha de Galicia 2010-2013, aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia el 18 de febrero de 2010.

Esta convocatoria se financiará con cargo a la cuenta presupuestaria 02.01 02/32/10 656700 de los presupuestos de Agader para el año 2010, estando prevista una dotación máxima de seiscientos cuarenta y cuatro mil setecientos cuarenta euros con setenta y cinco céntimos (644.740,75 €), financiados exclusivamente con fondos propios incondicionados.

Las solicitudes se dirigirán al director general de Agader y se presentarán según el modelo normalizado que se incorpora en el anexo II de esta resolución como Modelo A).-Solicitud.

Con la solicitud se presentará, además, la documentación que se indica el artículo 18 de las bases reguladoras.

El plazo para presentar la solicitud será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOG. Si el último día del plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

El modelo de solicitud podrá descargarse en la página web de Agader http://agader.xunta.es

Las inversiones se justificarán documentalmente de acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras. El plazo límite para la ejecución de las inversiones vinculadas al proyecto será el 30 de noviembre de 2010. El plazo límite para justificar los correspondientes gastos será el 1 de diciembre de 2010.

Disposiciones adicionales

Primera.-Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante el Consejo de Dirección de Agader, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, o bien recurso directamente recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG.

Segunda.-Información a los interesados.- Sobre este procedimiento administrativo se podrá obtener documentación normalizada o información adicional a través de los siguientes medios:

a) En la página web de Agader http://agader.xunta.es y en la página web de la SGMIT http://imit.xunta.es.

b) En el teléfono: 981 95 78 68.

c) En la dirección de correo electrónico:

oficina.bandalarga@xunta.es

d) Presencialmente, con cita previa en la Oficina Técnica de Banda Ancha de la Xunta de Galicia, sita en la plaza de Europa, 10ª-3º ABC. Santiago de Compostela.

Tercera.-En cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 107 TFUE, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 17.4º del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, el pago de las subvenciones que se tramiten al amparo de esta convocatoria está condicionado a la adopción, por la Comisión Europea, de la correspondiente decisión de autorización de la ayuda por considerarla compatible con el mercado común con arreglo a la normativa comunitaria de ayudas de Estado.

Disposición final

El director general de Agader podrá dictar los actos necesarios para asegurar la correcta aplicación y ejecución de estas bases reguladoras.

Santiago de Compostela, 11 de junio de 2010.

Por Resolución 21-6-2007

Antonio Crespo Iglesias

Director general de la Agencia Gallega

de Desarrollo Rural

ANEXO I Artículos 1 a 29

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la extensión de redes de acceso de banda ancha en el entorno rural de Galicia

Capítulo I Disposiciones generales Artículos 1 a 5
Artículo 1º Objeto.

El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la extensión de redes acceso de banda ancha en el entorno rural de Galicia.

Artículo 2º Ámbito material.

El ámbito material de las actuaciones financiadas al amparo de las presentes bases se circunscribe al área de actuación AA1.3.-Extensión de las redes de banda ancha en el entorno rural de Galicia, dentro de la línea estratégica 1: Desarrollo de Infraestructuras, del Plan director de banda ancha de Galicia 2010-2013 (en adelante, PDBA), aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia el 18 de febrero de 2010.

Este documento está a disposición de los interesados en la página web de la SGMIT: http://imit.xunta.es

Artículo 3º Ámbito territorial.

En consonancia con las directrices fijadas dentro de la primera línea estratégica del PDBA, las actividades objeto de subvención podrán realizarse única y exclusivamente en núcleos rurales de la geografía gallega tipificados como zona blanca y que, por tanto, no pueden acceder a conexiones de banda ancha a Internet ni tienen previsión de hacerlo.

Por ello, los despliegues de red propuestos por los solicitantes deberán restringirse a cubrir los núcleos citados en el anexo 1 (listado de núcleos objetivo) que se incorpora a estas bases reguladoras.

Los despliegues de red propuestos se valorarán con base en la población cubierta en los núcleos objetivo. No se valorará en ningún momento la cobertura de núcleos fuera del listado del anexo 1.

Los solicitantes deberán adjuntar un listado de los núcleos del anexo 1 que podrán acceder a los servicios de conectividad sustentados en la red desplegada, indicando el porcentaje de inmuebles del mismo que serán cubiertos por el despliegue de red.

A efectos de estas bases reguladoras, y...

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