Resolución de 15 de mayo de 1995, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se dispone la inscripción y la publicación del convenio colectivo de ámbito provincial de la empresa Labauto Ibérica, S.A. de Ourense para el año 1995.

DOGA. Diario Oficial de Galicia núm. 131, 10 de Julio de 19953 - Otras Disposiciones › CONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

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Extracto


Resolución de 15 de mayo de 1995, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se dispone la inscripción y la publicación del convenio colectivo de ámbito provincial de la empresa Labauto Ibérica, S.A. de Ourense para el año 1995.

Visto el texto del convenio colectivo de la empresa Labauto Ibérica, S.A. (código nº 3200502), de Ourense para el año 1995, con entrada en esta delegación provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 10 de mayo del año en curso, suscrito en representacion de la parte económica de la empresa y de la parte social por el comité de la misma, en la reunión celebrada el día 2 de mayo de 1995, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los trabajadores, texto refundido aprobado por Real decreto 1/1995, de 24 de marzo, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, del 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo, esta delegación provincial,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción del convenio colectivo en el libro registro de esta delegación provincial, y su notificación a las representaciones económicas y sociales de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de esta delegación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia y en el BOP.

Ourense, quince de mayo de mil novecientos noventa y cinco.

Manuel López Casas

Delegado provincial de Ourense

Título I. Disposiciones generales

Artículo 1º.-Partes contratantes.

El presente convenio colectivo ha sido negociado por la empresa Labauto Ibérica, S.A., y la representación sindical de Comisiones Obreras (CC.OO) y Converxencia Intersindical Galega (CIG) y suscrito por

los miembros del comité pertenecientes a la representación sindical de Comisiones Obreras y por el delegado sindical de dicha central de la factoría de San Cibrao das Viñas (Ourense), con el ámbito territorial y personal que más abajo se indica.

Artículo 2º.-Ámbito territorial.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 83.1º del la Ley 8/1980, de 10 de marzo, el ámbito territorial del convenio es el de la empresa Labauto Ibérica, S.A. ubicada en el polígono industrial de San Cibrao das Viñas.

Artículo 3º.-Ámbito personal.

El convenio afecta a la totalidad del personal perteneciente a la plantilla de la empresa, con las excepciones que la normativa vigente prevé.

Con respecto al personal con contrato de duración determinada, le será de aplicación el presente convenio colectivo en las mismas condiciones que se establecen en el párrafo anterior, excepto en aquellos aspectos del mismo que colisionen con la temporalidad de dichos contratos o con acuerdos anteriores específicos.

Artículo 4º.-Vigencia.

El conve...

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