Resolución de 17 de octubre de 2000, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del convenio colectivo de la empresa Pescanova Chapela, S.A.

DOGA. Diario Oficial de Galicia núm. 228, 24 de Noviembre de 20003 - Otras Disposiciones › CONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

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Extracto


Resolución de 17 de octubre de 2000, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del convenio colectivo de la empresa Pescanova Chapela, S.A.

Visto el texto del convenio colectivo de la empresa Pescanova Chapela, S.A., con nº de código 3602622, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 16-10-2000, suscrito en representación de la parte económica por una representación de la empresa, y de la parte social, por el comité de empresa, en fecha 12-7-2000. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 17 de octubre de 2000.

Antonio Coello Bufill

Delegado provincial de Pontevedra

Pescanova Chapela, S.A.

Ámbito de aplicación y disposiciones generales

Artículo 1º.-Ámbito territorial.

El presente convenio colectivo establece las bases para las relaciones laborales entre la empresa Pescanova Chapela, S.A. y sus trabajadores adscritos al centro de trabajo, situado en Chapela-Redondela.

Artículo 2º.-Ámbito personal.

El presente convenio colectivo comprende a todo el personal de plantilla en sus distintas categorías profesionales existente en el momento de la firma, en los centros de trabajo aludidos en el artículo anterior, así como los que posteriormente se incorporen a las respectivas plantillas.

Artículo 3º.-Vigencia.

El convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2000 con un período de duración hasta el 31-12-2000 y será denunciado por escrito al menos con un mes de antelación a la fecha de su vencimiento; en caso contrario, se prorrogará por períodos anuales sucesivos.

El...

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