Resolución de 18 de mayo de 1998, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, depósito y publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del convenio colectivo de la empresa Viguesa de Transportes, S.A. (Vitrasa).

DOGA. Diario Oficial de Galicia núm. 117, 19 de Junio de 19983 - Otras Disposiciones › CONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

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Extracto


Resolución de 18 de mayo de 1998, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, depósito y publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del convenio colectivo de la empresa Viguesa de Transportes, S.A. (Vitrasa).

Visto el expediente del convenio colectivo de la empresa Viguesa de Transportes, S.A. (Vitrasa), que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 14-5-1998, suscrito en representación de la parte económica por una representación de la empresa, y de la parte social por el comité de empresa, en fecha 12-5-1998, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comundad Autónoma de Galicia en materia de trabajo, esta delegación provincial,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante

en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 18 de mayo de 1998.

Antonio Coello Bufill

Delegado provincial de Pontevedra

Texto del convenio

El convenio colectivo de la empresa Viguesa de Transportes, S.A. (Vitrasa), se concierta entre las representaciones de la dirección de la misma y el comité de empresa, con el siguiente articulado:

Artículo 1º.-Ámbito de aplicación y temporal.

El presente convenio afectará a todos los trabajadores de la empres...

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