DECRETO 124/2016, de 8 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

El Decreto 37/2006, de 2 de marzo, regula el procedimiento para la provisión con carácter temporal de puestos reservados tanto al personal funcionario (artículo 23 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia) como al personal laboral (artículo 27 de la Ley 2/2015, de 29 de abril).

La finalidad última de dicha regulación era satisfacer las necesidades transitorias de personal de modo eficiente evitando demoras y sobrecostes derivados de las selecciones fallidas. Para la consecución de este objetivo se establecieron rigurosas exigencias de disponibilidad a las personas aspirantes y penalizaciones por su inobservancia.

El número actual de integrantes de las listas, la mejora de recursos informáticos a disposición de la Administración y la generalización del acceso de los ciudadanos a las nuevas tecnologías de comunicación permiten ahora flexibilizar esas exigencias sin menoscabo de la eficiencia de la gestión, lo que constituye la principal modificación introducida por este decreto.

Se aprovecha esta modificación para suprimir las comisiones permanentes provinciales, nunca constituidas a pesar de la previsión reglamentaria, y para modificar la composición y las funciones de la comisión permanente central.

Asimismo, en aras de la protección de las personas con discapacidad, se introduce la posibilidad de que estas personas puedan renunciar al puesto que ocupan cuando su discapacidad impida o limite sustancialmente el desempeño de las funciones del puesto, lo que no conllevará su penalización consistente en la exclusión temporal de los llamamientos.

La disposición final primera de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia, autoriza al Consello de la Xunta de Galicia para dictar las normas de carácter reglamentario necesarias para el desarrollo y la aplicación de esta ley.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Hacienda, con el informe favorable de la Comisión de Personal, de acuerdo con el Consello Consultivo, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día ocho de septiembre de dos mil dieciséis,

DISPONGO:

Artículo único Modificación del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia

El Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia, queda modificado como sigue:

Uno. El artículo 2 queda redactado como sigue:

Artículo 2. Modalidades de vinculación

Las modalidades de vinculación que se aplicarán serán las siguientes:

1. Para la cobertura de los puestos reservados a personal funcionario, el nombramiento previsto en el artículo 23 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia.

2. Para la cobertura de puestos reservados a personal laboral, las modalidades contracturales previstas en el Real decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, y preferentemente el contratato de interinidad

.

Dos. El artículo 4 queda redactado como sigue:

Artículo 4. Órgano competente para la elaboración y el control del funcionamiento de las listas

1. Se constituirá una Comisión Permanente como órgano colegiado encargado de la elaboración y el control del funcionamiento de las listas. Dicha comisión quedará adscrita a la consellería competente en materia de función pública.

2. La composición de la Comisión Permanente será la siguiente:

Presidente/a: titular de la dirección...

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