DECRETO 169/2016, de 24 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 73/2014, de 12 de junio, por el que se crean y se regulan los órganos colegiados con competencias en materia de seguridad de la información y gobierno electrónico de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorVicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia
Rango de LeyDecreto

A través del Decreto 73/2014, de 12 de junio, por el que se crean y regulan los órganos colegiados con competencias en materia de seguridad de la información y gobierno electrónico de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se definió el órgano colegiado con competencias en materia de seguridad de la información y gobierno electrónico de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, mediante la creación de la Comisión de Seguridad y Gobierno Electrónico. Además, se estableció su estructura y funciones, como órgano colegiado de carácter transversal, para la coordinación, asesoramiento, impulso y promoción de las actuaciones en materia de seguridad de la información, administración electrónica, acceso a la información pública y participación ciudadana, así como para el seguimiento de la aplicación efectiva de las medidas aprobadas en este ámbito de actuación.

La creación tanto de este órgano, adscrito a la entidad instrumental competente en materia de modernización tecnológica, como de sus subcomisiones de apoyo, contando uno y otras con la participación en su composición de todas las consellerías de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, supuso el establecimiento de una garantía de integración del principio de transversalidad en las actuaciones que se puedan llevar a cabo en el ámbito de sus competencias.

En el período transcurrido desde la constitución de la Comisión de Seguridad y Gobierno Electrónico y la Subcomisión de Seguridad, se puso de manifiesto la idoneidad de que las responsabilidades y funciones en materia de seguridad de la información y, en especial, las requeridas para dar cumplimiento a lo establecido en el Real decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se aprueba el Esquema nacional de seguridad en el ámbito de la Administración electrónica, en la normativa en materia de protección de datos y demás normativa de aplicación en materia de seguridad de la información, no se ejerzan exclusivamente por personas físicas, sino que se permita su ejercicio por órganos colegiados, garantizando la...

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