DECRETO 176/2015, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Social.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsellería de Política Social
Rango de LeyDecreto

Con fecha 5 de octubre de 2015 se publica en el Diario Oficial de Galicia el Decreto 116/2015, de 4 de octubre, por el que se modifica la estructura orgánica de la Xunta de Galicia aprobada por el Decreto 227/2012, de 2 de diciembre, a causa de la precisa adaptación de dicha estructura a las necesidades actuales, teniendo en cuenta los principios de eficacia, suficiencia y racionalización que deben inspirar la actuación y organización administrativa. Esta nueva estructura orgánica supone un nuevo impulso social, económico y territorial para abordar el nuevo contexto de crecimiento. Conscientes de que la recuperación todavía no llega a todos los hogares y como muestra de una apuesta clara por el refuerzo de los servicios públicos, se crea la Consellería de Política Social.

Posteriormente, a través del Decreto 129/2015, de 8 de octubre, se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia y, en su artículo 8, en relación con la Consellería de Política Social, dicha consellería se estructura en los siguientes órganos de dirección: la Secretaría General Técnica, la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, la Dirección General de Inclusión Social, la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad y la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado. Queda adscrita a esta consellería la Agencia Gallega de Servicios Sociales.

Teniendo en cuenta lo anterior y de conformidad con la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, la nueva estructura de la Consellería de Política Social se ajusta a los principios de austeridad, eficacia y eficiencia en el diseño y funcionamiento de la Administración pública, con el objetivo de conseguir una mejor adaptación a las necesidades sociales y laborales derivadas del actual escenario económico.

En lo referente a la modificación más relevante de la estructura de la nueva Consellería de Política Social, que es la creación de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, fruto de la separación en dos áreas de la Dirección General de Familia e Inclusión, debemos señalar que la Unión Europea afronta desde finales del siglo XX las consecuencias de una débil dinámica demográfica, caracterizada por un escaso crecimiento natural y por el envejecimiento de la población. Se estima que alrededor de un tercio de las regiones europeas registrarán en 2020 un descenso de población. Entre estas regiones se encuentra Galicia. De hecho, la crisis demográfica es el principal reto a medio y largo plazo que deben afrontar las autoridades de la Unión Europea.

Como consecuencia de dicha relevancia, el Gobierno gallego impulsó la aprobación del primer Plan de dinamización demográfica, aprobado el día 8 de abril de 2013 por el Parlamento de Galicia, que se divide en cuatro áreas de intervención y cuenta con sesenta y nueve medidas concretas.

La necesidad de impulsar dichas medidas y atribuir relevancia a las políticas demográficas acorde a la magnitud de la cuestión, exige dotar a la Administración en dicha área de más recursos, concentrando los esfuerzos en una nueva dirección general, que asume las competencias en materia de familia, infancia y adolescencia con la finalidad de una mayor relevancia y eficiencia de dichas políticas.

En la nueva estructura, se crea una nueva Dirección General de Inclusión Social que, como órgano de dirección, asume la responsabilidad en la consecución de un mayor impulso en el diseño, la coordinación, la evaluación y la gestión de las políticas de la Xunta de Galicia en materia de inclusión social, inmigración y servicios sociales comunitarios.

Asimismo, la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad, órgano de dirección, asume las competencias de la extinta Secretaría General de Política Social, en las políticas del bienestar social dirigidas a la atención de las personas mayores, las personas con discapacidad y las personas en situación de dependencia, en aplicación de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia, y de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

Se mantiene el órgano de dirección competente en materia de juventud y voluntariado, ahora Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, dando relevancia a uno de los principios rectores de las políticas dirigidas a la juventud y a la acción voluntaria, adaptándolas a la realidad juvenil de cada momento, al fomento del diálogo entre las instituciones y la juventud, para contribuir al desarrollo individual y colectivo en continua renovación como establece la Ley 6/2012, de 19 de junio, de juventud de Galicia, y promoviendo el desarrollo de un tejido asociativo propio, desde el pleno reconocimiento de la autonomía funcional al pluralismo de la propia acción voluntaria establecido en la Ley 10/2011, de 28 de noviembre, de acción voluntaria, con la revisión en la organización y el reparto funcional.

Por último, se crea dentro de la Secretaría Xeral Técnica una nueva Subdirección Xeral de Proyectos y Accesibilidad, con la finalidad de impulsar la planificación y coordinación de las funciones de las oficinas de supervisión de los proyectos de la consellería, así como para el impulso y coordinación en la emisión de los informes técnicos exigidos por la normativa relativos a la autorización de centros de servicios sociales. Asimismo, este órgano coordinará los planes y proyectos de promoción de la accesibilidad dotando de una mayor especialización técnica las actuaciones en este campo.

Por lo que se refiere a la organización de los servicios periféricos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, las jefaturas territoriales previstas en este decreto dependen orgánica y funcionalmente de la consellería, sin perjuicio de las funciones de coordinación del ejercicio de sus competencias que asume cada delegación territorial en su correspondiente ámbito territorial. Concretamente, la Consellería de Política Social mantiene su organización en cuatro jefaturas territoriales en A Coruña, Lugo, Ourense y Vigo. En la presente disposición, la estructura periférica se adapta a los cambios organizativos de los servicios centrales.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Política Social, de acuerdo con el artículo 27 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, en el ejercicio de la facultad otorgada en el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, con informe previo de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y de la Consellería de Hacienda, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día tres de diciembre de dos mil quince,

DISPONGO:

TÍTULO IÁmbito competencial y organización general de la Consellería

Artículo 1 Ámbito competencial

La Consellería de Política Social es el órgano de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia al que, además de aquellas competencias y funciones establecidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, le corresponde, de conformidad con el Estatuto de autonomía y con la Constitución española, proponer y ejecutar las directrices generales del Gobierno en el ámbito del bienestar, que engloban las competencias en materia de servicios sociales, incluyendo las políticas de familia, menores, bienestar social, inclusión social, servicios comunitarios, inmigración, atención a las personas discapacitadas y a las personas mayores, la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia y las políticas de juventud y voluntariado, en la forma establecida en este decreto.

Artículo 2 Estructura de la Consellería

Para el ejercicio de sus funciones, la Consellería de Política Social se estrutura en los siguientes órganos:

  1. Conselleiro/a.

  2. Secretaría General Técnica.

  3. Dirección General de...

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