Decreto 127/2006, de 27 de julio, por el que se crea el Consejo Gallego de la Inmigración.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

Decreto 127/2006, de 27 de julio, por el que se crea el Consejo Gallego de la Inmigración.

La Secretaría General de Emigración, centro directivo, que según el Decreto 231/2005, de 11 de agosto, depende funcionalmente de la Presidencia de la Xunta de Galicia y orgánicamente de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, es un órgano superior de la Administración de la Comunidad Autónoma al que según el Decreto 44/2006, de 2 de marzo, de estructura orgánica de los órganos superiores dependientes de la Presidencia, corresponden las competencias en materia de política inmigratoria.

Las sociedades actuales no son compartimentos estancos, sino más bien sociedades dinámicas caracterizadas por su heterogeneidad, complejidad y los profundos cambios que experimentan debido a la llegada de población de origen diverso. La sociedad gallega no es ajena a estos cambios y desde hace varios años, las ciudades y pueblos de nuestra comunidad registran la llegada de nuevos vecinos y vecinas procedentes de otros países, portadores de lenguas y tradiciones culturales diversas que configuran una nueva sociedad plural y compleja.

La Secretaría General de Emigración, partiendo de la configuración de esta nueva realidad social, tiene como objetivo fundamental de sus políticas migratorias conseguir la plena integración de las personas inmigrantes en la sociedad gallega. El respeto por los derechos de las personas inmigrantes supone partir de que estos también son protagonistas de nuestras políticas públicas. Nuestra mirada sobre la inmigración debe atender y ser consciente de la complejidad del fenómeno, y partir del conocimiento, análisis y estudio de la realidad migratoria, para poder definir nuestras políticas con la visión más adecuada.

La integración de las personas inmigrantes en nuestra comunidad no debe contemplarse como una cuestión periférica o sectorial ya que es clave en la consecución de una ciudadanía plural e inclusiva. Por eso la llegada y permanencia de personas extranjeras a Galicia y la diversidad cultural deben ir acompañados de actuaciones públicas que faciliten su integración en la nueva realidad social.

La diversidad cultural también tiene efectos transformadores en la sociedad receptora. El reconocimiento de la interculturalidad como un elemento estructural y al mismo tiempo transformador de la sociedad gallega, implica la generación de actitudes y comportamientos basados en la empatía, en el respecto y en la comprensión mutua. Así pues, la integración considerada como proceso bidireccional de adaptación entre dos partes, sociedad de acogida y población inmigrante, precisa de actuaciones dirigidas a la sociedad en su conjunto orientadas a potenciar la cohesión social, a partir de políticas públicas basadas en la igualdad de derechos, deberes y oportunidades.

La gestión de la integración de las personas inmigrantes requiere del diseño y planificación de políticas integrales de cara a prestar servicios de calidad y a dar respuestas eficaces, para esto es preciso la máxima coordinación entre las diferentes administraciones públicas con responsabilidad en el ámbito de la acogida e integración, los agentes sociales y las entidades implicadas en la materia. Sólo actuando desde una óptica transversal y contando con la participación de todos los agentes implicados, es posible racionalizar la distribución de los recursos, evitar las duplicidades y unificar los criterios para la puesta en marcha de programas y medidas concretas.

El compromiso y determinación del Gobierno gallego en el impulso de una política activa de integración de la inmigración en toda su riqueza y complejidad, deriva en la necesidad de formular, ejecutar y evaluar las políticas migratorias, de forma conjunta y coordinada. Esto hace necesario contar con un órgano operativo que formule propuestas y recomendaciones.

Hasta ahora, en nuestra comunidad autónoma el órgano encargado de analizar y recabar información acerca de este fenómeno era el Observatorio Gallego de la Inmigración y de Lucha contra el Racismo y la Xenofobia. Este observatorio en el que están representados los distintos departamentos de la Administración pública así como los colectivos sociales y universitarios, es pues un órgano cuya principal finalidad es el análisis y estudio de estos fenómenos pero no da respuesta a las políticas necesarias ante un fenómeno tan complejo como el de la inmigración, por eso es fundamental dar un paso adelante, que se materializa con la creación del Consejo Gallego de la Inmigración.

Así, a través de este decreto, se crea y se regula el Consejo Gallego de la Inmigración, integrado en la Secretaría General de Emigración, como órgano colegiado de carácter consultivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

El Consejo Gallego de la Inmigración tiene como objetivos fundamentales servir de canal de participación y diálogo, recoger las aspiraciones y demandas de la población inmigrante y de los diferentes actores sociales de las que se derivarán propuestas tendentes a promover su integración, informar y asesorar en la planificación de las actuaciones a la Administración autonómica gallega en materia de inmigración, así como hacer evaluaciones sobre las actuaciones emprendidas.

Este órgano nace para ser un instrumento operativo y eficaz, siendo uno de sus principios rectores el de lograr la convivencia armónica en el seno de la sociedad gallega, proponiendo medidas que permitan desarrollar instrumentos, actitudes y alternativas que deriven en la convivencia intercultural dentro de una sociedad diversa y activa.

A nivel constitucional se reconoce la potestad de las comunidades autónomas para organizar sus instituciones de autogobierno (artigo 148.1º.1) dentro de las que se incluye su propia Administración. En el Estatuto de autonomía de Galicia se establece la com

Por todo esto, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintisiete de julio de dos mil seis

DISPONGO:

Capítulo I Disposiciones generales Artículos 1 a 3
Artículo 1º Objeto.

Este decreto tiene por objeto la creación y regulación del Consejo Gallego de la Inmigración que tendrá como finalidad contribuir a desarrollar una política activa e integral de inmigración, coordinada y eficaz, basada en la integración social de las personas inmigrantes, a través de la consulta y participación de todos los agentes implicados.

Artículo 2º Naturaleza jurídica.

El Consello Galego da Inmigración es un órgano colegiado de consulta, asesoramiento y colaboración integrado en la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de la Secretaria General de...

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