Resolución de 15 de julio de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Especiales, por la que se establece el perfil del programa de cualificación profesional inicial de estética en Galicia.

DOGA. Diario Oficial de Galicia núm. 157, 14 de Agosto de 20081 - Disposiciones Generales › CONSELLERIA DE EDUCACION Y ORDENACION UNIVERSITARIA

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Extracto


Resolución de 15 de julio de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Especiales, por la que se establece el perfil del programa de cualificación profesional inicial de estética en Galicia.

El Real decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, estableció, entre otras, la cualificación profesional de nivel 1 de servicios auxiliares de estética, perteneciente a la familia profesional de imagen personal, así como los módulos formativos asociados a las unidades de competencia de las que se compone.

La Orden de 13 de mayo de 2008 por la que se regulan los programas de cualificación profesional inicial en la Comunidad Autónoma de Galicia, establece en su artículo 8 que los currículos de los módulos específicos de los perfiles profesionales que se establezcan se desarrollarán por medio de resolución de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Especiales, y que deberán tomar como referencia los módulos formativos asociados a las unidades de competencia que incluya el perfil.

En su virtud, esta dirección general

RESUELVE:

Primero.-Objeto.

La presente resolución tiene por objeto el establecimiento del perfil profesional del programa de cualificación profesional inicial de estética en Galicia.

Segundo.-Identificación.

El programa de cualificación profesional inicial de estética queda identificado por los siguientes elementos:

-Denominación: estética.

-Nivel: programa de cualificación profesional inicial.

-Duración: 580 horas.

-Familia profesional: imagen personal.

Tercero.-Competencia general.

Embellecer las uñas, aplicar técnicas de higiene cutánea, aplicar técnicas de eliminación del vello por procedimientos mecánicos, decolorarlo y realizar maquillaje de día, respetando las normas de seguridad y salud durante los procesos, así como preparar los productos, los útiles y los aparatos, higienizarlos, desinfectarlos o esterilizarlos, bajo la supervisión del personal técnico responsable.

Cuarto.-Competencias profesionales, personales y sociales.

Las competencias profesionales, personales y sociales de este programa de cualificación profesional inicial son las que se relacionan a continuación:

a) Recepcionar productos de estética y para el cabello, y almacenarlos en condiciones de seguridad e higiene.

b) Preparar los equipos, el utillaje y la zona de trabajo, y dejarlos en condiciones de uso e higiene.

c) Recibir y acomodar a la clientela, y protegerla en función de la técnica que se realice, garantizando las condiciones...

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