Orden de 16 de julio de 2010 por la que se extiende el uso de la imagen corporativa del Servicio Gallego de Salud a los centros, servicios, establecimientos sanitarios y administrativos, y a las entidades públicas dependientes del mismo.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE SANIDAD
Rango de LeyOrden

Con fecha 11 de mayo de 2007 fue publicada la Orden de 17 de abril de 2007, por la que se establecen el símbolo, el logotipo y el manual de la identidad corporativa del Servicio Gallego de Salud, estableciendo su disposición final primera que el Servicio Gallego de Salud desarrollará la implantación progresiva del logotipo e imagen corporativa en todos sus ámbitos de aplicación.

El compromiso de austeridad, eficacia y eficiencia en el diseño y funcionamiento de la Administración de la Xunta de Galicia, adquirido por el Gobierno y hecho norma en el Decreto 79/2009, y en el ámbito de la identidad corporativa en el Decreto 409/2009, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el uso de los elementos básicos de la identidad corporativa de la Xunta de Galicia, debe tener la necesaria translación y reflejo en las normas reglamentarias por las que se establecen los símbolos y logotipos, así como el manual de la identidad corporativa de los distintos organismos vinculados o dependientes, entre los que se encuentra el Servicio Gallego de Salud.

El Servicio Gallego de Salud, creado por la Ley 1/1989, como organismo autónomo de naturaleza administrativa, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, se integra por los centros, servicios y establecimientos sanitarios y administrativos creados por la Xunta de Galicia o procedentes de transferencias, así como las entidades sanitarias de naturaleza pública que se le adscriban. El Servicio Gallego de Salud y la totalidad de entidades adscritas al mismo disfrutan de la reserva de nombre y de los beneficios, exenciones y franquicias de cualquier clase y naturaleza que las leyes atribuyen a la Xunta de Galicia.

La diversidad de entidades y centros que integran el Servicio Gallego de Salud determina que existan símbolos y logotipos diversos que pueden producir confusión y falta de identificación, en lugar de ofrecer una visión homogénea en su proyección exterior, en sus manifestaciones externas y en su relación con los ciudadanos. Esta circunstancia unida a criterios de racionalización y reducción del gasto público hace conveniente aprobar esta normativa, destinada a regular el uso de los símbolos, logotipo y de la identidad corporativa del Servicio Gallego de Salud, realizando un esfuerzo de estandarización, estableciendo la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR