ORDEN de 8 de septiembre de 2014 por la que se modifica la Orden de 16 de mayo de 2014 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos de Galicia y a sus entidades públicas con personalidad jurídica propia, y agrupaciones de ayuntamientos, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013, y se procede su convocatoria para el 2014 (código de procedimiento CT 211 B).

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorConsellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria
Rango de LeyOrden

Con fecha 28 de mayo de 2014 (DOG número 101) se publicó la Orden de 16 de mayo de 2014 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos de Galicia y a sus entidades públicas con personalidad jurídica propia, y agrupaciones de ayuntamientos, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013, y se procede su convocatoria para el 2014.

En el artículo 9.2 de dicha orden se establecía que los beneficiarios de la subvención quedan obligados a acreditar la realización de los proyectos subvencionados y a justificar la totalidad del presupuesto del proyecto antes del 1 de octubre de 2014.

Teniendo en cuenta la fecha de resolución de dichas ayudas, motivada por el elevado volumen de solicitudes recibidas y los atrasos experimentados en la tramitación de las enmiendas, con el fin de viabilizar los procesos de ejecución y justificación por parte de los beneficiarios resultantes, sin que con ello se cause perjuicio a terceros, se considera necesario introducir modificaciones en el artículo 9.2 de la Orden de 16 de mayo.

Visto lo...

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