Decreto 127/2008, de 5 de junio, por el que se desarrolla el régimen jurídico de los humedales protegidos y se crea el Inventario de humedales de Galicia.

DOGA. Diario Oficial de Galicia núm. 122, 25 de Junio de 20081 - Disposiciones Generales › CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

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Decreto 127/2008, de 5 de junio, por el que se desarrolla el régimen jurídico de los humedales protegidos y se crea el Inventario de humedales de Galicia.

La firme voluntad de la Comunidad Autónoma de Galicia de conservación y uso sostenible de los humedales se concretó con la declaración de cinco humedales como zonas Ramsar y con la reciente inclusión en la red Natura 2000 de un gran número y variedad de lugares representativos de estos ecosistemas, siendo destacables los trabajos de mejora y recuperación de determinadas áreas húmedas degradadas que la Administración pública está llevando a cabo. Estas actuaciones vienen motivadas, en gran medida, por el cambio operado en la valoración social de los humedales en las últimas décadas, pasando de ser consideradas como áreas improductivas e insanas a erigirse en elementos clave en la conservación de la biodiversidad y del uso sostenible del territorio.

La gran riqueza y diversidad de los componentes bióticos y abióticos de los humedales hacen que se encuentren entre los ecosistemas más complejos y productivos del planeta. Se trata de ecosistemas que desempeñan funciones básicas, constituyen un valioso patrimonio cultural y natural, proporcionan una gran variedad de recursos y soportan todo tipo de actividades humanas. Poseen una gran variedad de hábitats de transición entre los ambientes terrestre y acuático y juegan, por lo tanto, un importante papel en la conservación de la biodiversidad y en el desarrollo económico. En la actualidad se encuentran entre los ambientes más amenazados a causa del drenaje, la roturación, la contaminación y la sobreexplotación de sus recursos.

Galicia cuenta con una notable variedad de humedales que, en su conjunto, albergan una importante riqueza de hábitats, flora y fauna, entre los que se incluyen taxones amenazados y hábitats raros. Entre los humedales marinos y costeros destacan los tipos correspondientes a las aguas marinas superficiales próximas a la costa, los estuarios y sistemas fluvio-marinos, así como las lagunas costeras y sistemas laguna-barrera. La representación de humedales continentales cuenta con las tipologías correspondientes a sistemas lacustres, humedales de aguas corrientes (fluviales), turberas y humedales higrófilos, humedales subterráneos y humedales artificiales.

A nivel internacional hay que destacar el Convenio relativo a los humedales de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas, acordado en Ramsar el 2 de febrero de 1971 y ratificado por Instrumento del 18 de mazo de 1982, por España. Este convenio, que fue ratificado hasta ahora por 153 países, contiene en...

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