Resolución de 29 de abril de 2010, de la Dirección General de Desarrollo Pesquero, sobre las funciones de los médicos inscritos en el censo establecido en el artículo 43 de la Orden de 23 de octubre de 1999, que regula el ejercicio de buceo profesional en la Comunidad Autónoma de Galicia, y las de los formadores en materia de seguridad, en el ciclo medio y en la formación requerida para la obtención de los títulos, certificados y especialidades de buceo profesional y extractivo.
DOGA. Diario Oficial de Galicia núm. 93, 19 de Mayo de 2010 › 1 - Disposiciones Generales › CONSELLERÍA DEL MAR
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