Orden de 19 de octubre de 1998 por la que se establecen medidas para el fomento de métodos de producción agrícola y ganadera compatibles con la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural.

DOGA. Diario Oficial de Galicia núm. 206, 23 de Octubre de 19983 - Otras Disposiciones › CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y POLÍTICA AGROALIMENTARIA

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Orden de 19 de octubre de 1998 por la que se establecen medidas para el fomento de métodos de producción agrícola y ganadera compatibles con la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural.

La nueva política agraria común tiende a fomentar las medidas de desarrollo de una agricultura menos intensiva, el empleo de prácticas de producción que disminuyan los efectos contaminantes, la conservación de tierras agrícolas abandonadas y la gestión con vistas al acceso del público y el ocio como instrumentos de la política medioambiental.

En particular, el Reglamento (CEE) 2078/1992 del Consejo, de 30 de junio, promueve métodos de producción agrícola propicios para el desarrollo de una agricultura compatible con las exigencias medioambientales y de conservación del espacio natural, estableciendo un régimen de ayudas, cofinanciadas por el FEOGA-Garantía, para compensar las pérdidas de renta originadas por la reducción de la producción o el aumento de costes que suponen dichos métodos.

Dicho reglamento, en su artículo 3, puntos 1º, 2º y 3º, regula la aplicación por parte de los estados miembros del régimen de ayudas a través de programas plurianuales de zona y, en el punto 4º, autoriza a éstos a establecer un marco reglamentario general que disponga la aplicación horizontal en la totalidad de su territorio de una o varias de las ayudas previstas.

En su virtud, y a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), se aprobó el Real decreto 51/1995, de 20 de enero (BOE nº 33 del 8 de febrero), por el que se establece un régimen de medidas horizontales para fomentar métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección y la conservación del espacio natural.

Por otra parte, la decisión de la comisión C(95) 18, de 19 de enero, aprueba el dispositivo de aplicación de este régimen de ayuda en España, con un programa de medidas generales aplicables en todo el territorio español y otro programa de medidas específicas aplicables en zonas seleccionadas, entre las que se encuentran medidas para aplicar en zonas de la Comunidad Autónoma de Galicia y con participación del FEOGA-Garantía en los gastos financiables.

En este marco, el sector agrario de Galicia debe combinar su adaptación a sistemas productivos más eficientes con el mantenimiento de una cultura agraria propia, derivada de una acción continua en un medio, a veces hostil, que dio lugar a prácticas culturales como la construcción de terrazas para evitar una erosión incontrolada, a la re...

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