Orden de 27 de junio de 2000 por la que se determinan los servicios mínimos que hay que mantener durante la huelga convocada en la empresa Transportes La Unión.

DOGA. Diario Oficial de Galicia núm. 126, 29 de Junio de 20003 - Otras Disposiciones › CONSELLERIA DE POLITICA TERRITORIAL, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA

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Orden de 27 de junio de 2000 por la que se determinan los servicios mínimos que hay que mantener durante la huelga convocada en la empresa Transportes La Unión.

Ante la convocatoria de huelga presentada en la empresa transportes La Unión a partir de las 6 horas

del día 28 de junio de 2000, con carácter indefinido, procede que, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 155/1988, de 9 de junio, esta consellería determine los servicios mínimos que permitan, en sintonía con lo establecido en el artículo 28.2º de nuestra Constitución, compaginar el ejercicio legítimo de derecho a la huelga de los trabajadores con mantenimiento de los servicios esenciale...

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