ORDEN de 31 de agosto de 2016 por la que se aprueba el modelo normalizado de solicitud a petición de particulares de pericias forenses al Instituto de Medicina Legal de Galicia en las reclamaciones extrajudiciales formuladas por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorVicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia
Rango de LeyOrden

Mediante el Real decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, se reguló la realización de pericias, a solicitud de particulares, por los institutos de medicina legal y ciencias forenses, en las reclamaciones extrajudiciales formuladas por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.

Dicho real decreto, dictado al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.5ª y de la Constitución, establece una normativa común que regula la petición pericial y el procedimiento para la realización de las pruebas e informes de manera que se apliquen unas normas mínimas en todos los institutos de medicina legal y ciencias forenses, con independencia de su territorio de adscripción. Asimismo, y en aplicación del principio de competencia, el real decreto dispone que al Ministerio de Justicia y a las comunidades que recibieron el traspaso en materia de justicia les corresponde la determinación y regulación del precio público que se ha de fijar como contraprestación de la pericia en sus respectivos ámbitos territoriales.

La Comunidad Autónoma de Galicia tiene competencia en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de justicia, así como en materia de medios personales al servicio de dicha administración, en virtud de los reales decretos 2166/1994, de 4 de noviembre, y 2397/1996, de 22 de noviembre, respectivamente. En el marco de estas competencias se creó en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través del Decreto 119/2005, de 6 de mayo, el Instituto de Medicina Legal de Galicia, adscrito a la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.4 del Decreto 72/2013, de 25 de abril, por el que se establece su estructura orgánica, en cuyo artículo 15.3 se dispone que corresponde a la Dirección General de Justicia la organización y supervisión del funcionamiento de dicho instituto.

Mediante el Decreto 47/2016, de 21 de abril, se fijan los precios públicos correspondientes a las pericias efectuadas, a solicitud de particulares, por el Instituto de Medicina Legal de Galicia en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.

En este marco legal corresponde a la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia dictar la presente orden con el objeto de adaptar el modelo de solicitud fijado en el Real decreto 1148/2015.

Por lo anteriormente expuesto,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto

Esta orden tiene por objeto aprobar el modelo normalizado de solicitud a petición de particulares de pericias forenses al Instituto de Medicina Legal de Galicia en las reclamaciones extrajudiciales formuladas por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Real decreto 1148/2015, de 18 de diciembre.

Artículo 2 Presentación
  1. La solicitud se podrá formular de común acuerdo por la entidad aseguradora y el sujeto perjudicado, pudiendo ser presentada por cualquiera de ellos. También puede ser formulada y presentada por el sujeto perjudicado a su sola instancia.

  2. La solicitud, que deberá ser, en su caso, una por cada víctima lesionada y accidente, deberá dirigirse a la Dirección del Instituto de Medicina Legal de Galicia según el modelo del anexo I de la presente orden.

  3. La presentación se hará preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado (anexo I), disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia(https://sede.xunta.es), de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora de la Administración electrónica. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave-365 (https://sede.xunta.es/chave365).

  4. Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en la sede del Instituto de Medicina Legal de Galicia, en sus subdirecciones territoriales o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Artículo 3 Documentación
  1. La documentación complementaria podrá presentarse electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada...

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