DECRETO 72/2013, de 25 de abril, por el que establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Mayo de 2013
Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorVicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia
Rango de LeyDecreto

El Decreto 227/2012, de 2 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, fue aprobado como desarrollo del compromiso del Gobierno gallego asentado en criterios de máxima eficacia, austeridad y economía en su actuación y organización administrativa.

De acuerdo con estos criterios, fueron aprobados los decretos 233, 234 y 235/2012, de 5 de diciembre, por el que se determinan la organización, funciones y competencias de la Vicepresidencia de la Xunta de Galicia, se establecen los órganos superiores y de dirección dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia, y la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia, respectivamente, obedeciendo a los postulados de racionalización, simplificación y reducción de las estructuras administrativas de la Xunta de Galicia.

Consecuencia de este nuevo marco departamental, se configura la nueva Vicepresidencia de la Xunta de Galicia como un órgano superior de coordinación de la Presidencia de la Xunta de Galicia en relación a la planificación interdepartamental y su ejecución, a las relaciones con las administración locales, al programa legislativo de la Xunta de Galicia y a la elaboración de normas de carácter general y, en particular, con funciones de coordinación de las relaciones entre el poder ejecutivo y el Parlamento de Galicia; todo ello, sin perjuicio de que el/la presidente/a de la Xunta de Galicia pueda delegarle cualquier otra función con el fin de conseguir una mayor agilidad y eficacia en la gestión administrativa.

Para el correcto desarrollo de estas funciones y competencias de la Vicepresidencia de la Xunta de Galicia, la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia le prestará el apoyo y auxilio necesario.

Así pues, la nueva estructura plasmada en este decreto surge como consecuencia de la necesidad de optimizar recursos públicos y de continuar con el proceso de racionalización, simplificación y reducción de las estructuras administrativas iniciado por el actual Gobierno, manteniendo el máximo nivel de calidad en la prestación de los servicios públicos y sin que la nueva ordenación suponga incremento de gasto.

De esta forma se procede ahora a establecer la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia mediante la reestructuración de competencias horizontales encaminadas a apoyar a la Vicepresidencia en el desarrollo de sus funciones, la reorganización y agrupación de las subdirecciones generales y de las demás unidades administrativas.

Asimismo, el decreto modifica, en la disposición final primera, el Decreto 343/2003, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de la Asesoría Jurídica de la Xunta de Galicia, con el objeto de clarificar y detallar las funciones de la Secretaría de Asuntos Generales, que pasa a denominarse Servicio de Asuntos Generales, como órgano de asistencia al director/a general de la Asesoría Jurídica General.

De conformidad con lo expuesto, a propuesta del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, en el ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 34.4 º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, con el informe previo de la Consellería de Hacienda, y previa deliberación del Consello de la Xunta en su reunión del día veinte y cinco de abril de dos mil trece,

DISPONGO:

TÍTULO IÁmbito competencial y organización general de la Vicepresidenciay de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

Artículo 1 Ámbito competencial
  1. La Vicepresidencia de la Xunta de Galicia se configura como un órgano superior de coordinación de la Presidencia de la Xunta de Galicia al cual corresponden, además de las funciones y competencias establecidas en el artículo 1 del Decreto 233/2012, de 5 de diciembre, la promoción y adopción de medidas encaminadas a la consecución de la igualdad efectiva de las mujeres y de los hombres, así como la asistencia jurídica de la Comunidad Autónoma de Galicia.

  2. La Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, configurada como órgano de apoyo y asistencia a la Presidencia y a la Vicepresidencia de la Xunta de Galicia, es el departamento de la Xunta de Galicia al que corresponde la elaboración, la propuesta y la ejecución de la política del Gobierno gallego en materia de justicia, administración local, relaciones institucionales y parlamentarias, emergencias e interior, relaciones exteriores y con la Unión Europea y evaluación y reforma administrativa, que ejercerá en el nivel de desarrollo que se indica en este decreto para cada uno de los órganos que integran este departamento.

Artículo 2 Estructura de la Vicepresidencia y de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia
  1. La Vicepresidencia de la Xunta de Galicia, bajo la superior dirección de su titular, contará para el ejercicio de sus funciones, con la siguiente estructura orgánica:

    1. La Secretaría General de la Igualdad.

    2. La Asesoría Jurídica General, con nivel orgánico de dirección general.

  2. La Vicepresidencia de la Xunta de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 233/2012, de 5 de diciembre, contará para el desarrollo de sus funciones y competencias con el apoyo y auxilio de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

  3. La Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, bajo la superior dirección de su titular, contará para el ejercicio de sus funciones, con la siguiente estructura orgánica:

    1. La Secretaría General Técnica.

    2. La Dirección General de Justicia.

    3. La Dirección General de Administración Local.

    4. La Dirección General de Relaciones Institucionales y Parlamentarias.

    5. La Dirección General de Emergencias e Interior.

    6. La Dirección General de Relaciones Exteriores y con la Unión Europea.

    7. La Dirección General de Evaluación y Reforma Administrativa.

Artículo 3 Órganos adscritos orgánicamente a la Consellería
  1. Los órganos superiores previstos en el artículo único del Decreto 234/2012, de 5 de diciembre, dependerán funcionalmente de la Presidencia de la Xunta de Galicia y orgánicamente de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

  2. Las delegaciones territoriales de la Xunta de Galicia en A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra y Vigo quedan adscritas orgánicamente a la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y ejercerán las competencias previstas en el artículo 7 del Decreto 245/2009, de 30 de abril, por el que se regulan las delegaciones territoriales de la Xunta de Galicia, así como aquellas previstas en la normativa aplicable.

    En el orden funcional dependerán de las directrices, instrucciones o criterios que emanen de los diversos órganos superiores de las consellerías que correspondan por razón de las distintas competencias materiales.

  3. Las secretarías territoriales, con nivel orgánico de subdirección general, dependen orgánica y funcionalmente de los delegados o delegadas...

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