Orden de 1 de julio de 2010 por la que se establecen las bases por las que se regirá la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social para inversión en servicios sociales especializados en el área de atención a personas con discapacidad y se procede a su convocatoria.

DOGA. Diario Oficial de Galicia núm. 128, 7 de Julio de 20103 - Otras Disposiciones › CONSELLERÍA DE TRABAJO Y BIENESTAR

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Orden de 1 de julio de 2010 por la que se establecen las bases por las que se regirá la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social para inversión en servicios sociales especializados en el área de atención a personas con discapacidad y se procede a su convocatoria.

El Estatuto de autonomía de Galicia, en su artículo 27.23 º, asigna a la comunidad autónoma la competencia exclusiva en materia de servicios sociales.

En virtud de ese título competencial se aprobó la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia (DOG nº 245, del 18 de diciembre), que recoge en su artículo 8.1.b), relativo a la estructura básica de los servicios sociales, como uno de los niveles de actuación en que se estructura el sistema gallego de servicios sociales, el de los servicios sociales especializados. Además, el artículo 31.1º señala que «el cumplimiento de los fines de entidades de iniciativa social se promoverá mediante el otorgamiento de subvenciones, que se concederán atendiendo al interés social de los distintos servicios y proyectos, a su complementariedad con la oferta pública de servicios sociales, a la calidad y al carácter innovador de las prestaciones y servicios ofertados, a la eficiencia en el empleo de los fondos públicos y a su adecuación a los objetivos fijados por la planificación autonómica en materia de servicios sociales».

La Consellería de Trabajo y Bienestar, según la estructura orgánica fijada por el Decreto 335/2009, de 11 de junio (DOG nº 123, del 25 de junio) es el órgano de la Administración de la comunidad autónoma al que le corresponde llevar a cabo, entre otras, las competencias y funciones en materia de servicios sociales, incluyendo las políticas de personas con discapacidad, la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Asimismo, como uno de los órganos en los que se estructura, a la Dirección General de la Dependencia y Autonomía Personal le corresponde la elaboración de las propuestas para la formulación de la política de la Consellería de Trabajo y Bienestar en materia de atención a las personas con discapacidad y a las declaradas dependientes, y su atención en aplicación de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia, y de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia

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