RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2018, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sobre aprobación definitiva de la delimitación de suelo de núcleo rural de Rabilonga, parroquia de Noche, del ayuntamiento de Vilalba (expediente PTU-LU-16/121).

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorConsellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Rango de LeyResolución

El 16.1.2018 tuvo entrada el proyecto técnico fechado en junio de 2017, redactado por Jacobo Fernández Malde, y la tramitación administrativa correspondiente al expediente de referencia, remitido por el Ayuntamiento de Vilalba a los efectos de su aprobación definitiva. De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (LSG), los planes aprobados inicialmente antes de la entrada en vigor de esta ley podrán adaptarse íntegramente a la misma; o continuar su tramitación a tenor de lo dispuesto en la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (LOUG), aunque sus determinaciones deberán adaptarse plenamente a esta ley.

Analizada la documentación allegada por el Ayuntamiento, y vista la propuesta suscrita por la Subdirección General de Urbanismo, resulta:

  1. Antecedentes.

    I.1. El Ayuntamiento de Vilalba se rige por las normas subsidiarias de planeamiento aprobadas definitivamente el 13.3.1984, que no delimitan el núcleo de Rabilonga.

    I.2. De acuerdo con la documentación remitida por el Ayuntamiento, la tramitación incluyó:

    – Informe jurídico (28.7.2015) y técnico municipal (29.9.2015).

    – Exposición pública, con anuncios en El Progreso (5.8.2015), La Voz de Galicia (7.8.2015) y Diario Oficial de Galicia (24.8.2015).

    – Aprobación inicial de la delimitación (Acuerdo plenario de 28.1.2016).

    – Emisión de informes sectoriales:

    1. Dirección General de Telecomunicaciones (16.3.2016, favorable).

    2. Dirección General del Patrimonio Cultural (2.6.2016, favorable condicionado).

    3. Carreteras de Galicia (28.7.2016, favorable condicionado).

    4. Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (26.7.2016), favorable respecto a los usos permitidos, sin pronunciarse en cuanto a existencia de los recursos hídricos necesarios ni el destino de las aguas residuales.

    – Certificado de secretaria de no presentación de alegaciones (28.7.2016).

    – Informe técnico municipal (28.7.2016).

    – Primera aprobación provisional (Acuerdo plenario de 28.7.2016).

    – Informe del técnico municipal (29.9.2016).

    – Segunda aprobación provisional (Acuerdo plenario de 29.9.2016).

    – Informe técnico municipal (14.11.2017).

    – Tercera aprobación provisional (Acuerdo plenario de 30.11.2017).

  2. Aspectos generales. Contenido.

    Se delimita el núcleo rural de Rabilonga en un ámbito de 3,75 ha, diferenciando una parte histórico-tradicional de 0,86 ha, y otra común de 2,89 ha. El promotor...

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