RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2011 de delegación de competencias.

Extracto


RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2011 de delegación de competencias.

La Ley orgánica de universidades (LOU) 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, les asigna a los rectores de las universidades una parte importante de las competencias que la autonomía universitaria les confiere a los órganos universitarios. Asimismo, los estatutos de la Universidad de Vigo, aprobados mediante Decreto 7/2010, de 14 de enero, desarrollan específicamente, en sus artículos 56, 57, 58, 59 y 60 las competencias del rector.

La actividad administrativa de la Universidad de Vigo lleva consigo una concentración de funciones en la persona de su rector que aconseja, dado su volumen, recurrir a la delegación de competencias sin olvidar el debido respeto de los principios que informan la actividad administrativa y que nuestra Constitución recoge en su artículo 103.1.

La delegación de competencias permite la agilización administrativa necesaria que redunda en beneficio tanto de la Administración como de los administrados, dentro del más riguroso respeto de las garantías jurídicas que la tutela de los intereses públicos exige.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 13, 16 y 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régi...

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