Decreto 81/2001, de 29 de marzo, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Alfoz (Lugo), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras de saneamiento de Alfoz y Ferreira do Valadouro.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES
Rango de LeyDecreto

El Ayuntamiento de Alfoz (Lugo), en sesión celebrada el día 16 de noviembre de 2000, aprobó el proyecto de saneamiento de Alfoz y Ferreira do Valadouro, y en la misma sesión acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Por parte del Ayuntamiento de Alfoz fue remitida la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 12 de marzo de 2001.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 13 de marzo de 2001.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque según señala el ayuntamiento, se trata de mejorar los graves problemas sanitarios y de insalubridad, derivados de la carencia de unos servicios de saneamiento adecuados a la normativa de la Unión Europea, por lo que el ente Aguas de Galicia inició las obras para la construcción de la Edar y los colectores de saneamiento. En el año 2000, por consideraciones técnicas sobrevenidas y estando las obras en un avanzado estado de construcción, el ayuntamiento tuvo que contar con los terrenos más adecuados para la realización de las obras, hacíendose necesario contar con los terrenos de propiedad de Manuel López Souto, hecho que provocó la necesidad de iniciar un expediente expropiatorio, por la vía de urgencia, para poder mejorar los servicios sanitarios y la calidad de vida de los vecinos de este ayuntamiento.

La competencia para la...

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