DECRETO 262/2012, de 20 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2012.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERÍA DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

El artículo 23.1 de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de presupuestos generales del Estado para el año 2012, dispone que durante el ejercicio 2012 no se procederá en el sector público autonómico a la incorporación de nuevo personal, excepto el que pueda derivarse de la ejecución de ofertas de empleo público de ejercicios anteriores.

No obstante, siempre que se respete las disponibilidades presupuestarias del capítulo I, el artículo 23.2 exceptúa de la anterior limitación a determinados sectores y colectivos de marcado carácter prioritario respecto de los que la tasa de reposición de efectivos se fija en el 10 %. A estos efectos se considerarán efectivos aquellos que vengan desempeñando su actividad en servicios que tienen carácter permanente en la Comunidad Autónoma.

Entre estos colectivos la ley incluye los cuerpos responsables del control y de la lucha contra el fraude fiscal, funciones encomendadas en la Comunidad Autónoma de Galicia a las escalas superior y técnica de finanzas. La necesidad de incorporación de personal a dichas escalas, ocasionada por la falta de cobertura de todas las plazas ofertadas en la convocatoria derivada de la OEP del año 2009, se ve incrementada por la creación de la Agencia Tributaria de Galicia, cuya entrada en funcionamiento está prevista para el próximo ejercicio.

El artículo 70 del Estatuto básico del empleado público establece la posibilidad de que la oferta de empleo contenga no sólo lo referente a la incorporación de personal de nuevo ingreso, sino también otras medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.

La búsqueda de la mejor utilización de los recursos humanos existentes y la atención de las expectativas profesionales del personal funcionario sobre promoción, especialización y movilidad aconsejan que en la oferta de empleo público del año 2012 se contemple la promoción interna independiente para el personal funcionario de los cuerpos generales.

Teniendo en cuenta que en la fecha de aprobación de este decreto no se han convocado los procesos para la provisión de plazas por el turno de promoción interna de los cuerpos generales de la Administración de la Xunta de Galicia derivadas de la oferta de empleo público para los años 2009 y 2011, por motivos de racionalización y eficacia se ejecutarán las tres ofertas de cada cuerpo de forma conjunta.

A este efecto hay que modificar el artículo 6 del Decreto 437/2009, de 17 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario y laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2009, en cuanto prevé la reclasificación de los puestos ocupados con carácter definitivo por los aspirantes que superen los procesos de promoción a los subgrupos A1, A2 y C1 que no estuvieran abiertos al cuerpo al que se acceda.

La reclasificación, además de impedir la acumulación a las ofertas de los años 2011 y 2012, reveló efectos distorsionadores de las relaciones de puestos de trabajo en no pocas ocasiones, lo que resulta desaconsejable en un momento en el que la siempre necesaria eficacia de la organización de los recursos humanos al servicio de la Administración deviene absolutamente prioritaria.

Por último, hay que modificar los anexos de los decretos de oferta de empleo público de los años 2009 y 2011 respecto a determinadas escalas de Administración especial, para especificar las plazas ofertadas que quedan reservadas para los procesos extraordinarios de consolidación de empleo previstos en la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, y en la disposición transitoria decimocuarta del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia.

El decreto por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2009 realizaba tal especificación respecto de las escalas de Administración general, pero no respecto de las escalas de Administración especial.

Por el contrario, la plaza de la escala de subinspectores y subinspectoras de consumo (OEP 2009), reservada al proceso extraordinario de consolidación, se ofertará por el procedimiento ordinario toda vez que en la actualidad no existe ya ningún puesto que cumpla los requisitos que justifican la convocatoria del proceso extraordinario.

El artículo 30.6 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de función pública de Galicia, establece el procedimiento de autorización de la oferta de empleo público que corresponde al Consello de la Xunta a propuesta de la consellería competente en materia de función pública.

Por su parte, el artículo 30.2 de la Ley 11/2006, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2012, exige el informe favorable de la Dirección General de Presupuestos.

En consecuencia, consultadas las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos, tras el informe de la Dirección General de Presupuestos y de la Comisión de Personal, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13.8 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, a propuesta de la conselleira de Hacienda, y tras la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día 20 de diciembre de 2012,

DISPONGO:

Artículo 1 Aprobación de la oferta de empleo público

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.6 del texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, en el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, así como en el artículo 23.1 de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de presupuestos generales del Estado para el año 2012, se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a distintos cuerpos y escalas de Administración general de la Xunta de Galicia para el año 2012 en los términos que se establecen en este decreto.

Artículo 2 Cuantificación de la oferta de empleo público

La oferta de empleo público 2012 incluye las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso y mediante la promoción profesional.

La distribución se realizará de conformidad con lo dispuesto en el articulado y en el anexo I de este decreto.

De acuerdo con lo establecido con el artículo 70.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, con carácter excepcional para atender necesidades sobrevenidas podrá convocarse hasta un 10 % de plazas adicionales del total global de las cuantificadas en la presente oferta de empleo público.

Artículo 3 Criterios generales de aplicación en los...

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