Decreto 424/1996, de 21 de noviembre, por el que se regula el Plan Autonómico de Formación de Formadores de Formación Profesional Ocupacional.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE FAMILIA, MUJER Y JUVENTUD
Rango de LeyDecreto

La Consellería de Familia, Mujer y Juventud, consciente de la importancia que para la calidad de los cursos de formación ocupacional tiene la preparación de los docentes responsables de su impartición, no sólo desde el punto de vista de los conocimientos técnicos, sino también desde la perspectiva de la metodología didáctica a emplear, está poniendo en marcha un Plan Autonómico de Formación de Formadores, para complementar los conocimientos pedagógicos del profesorado.

Consecuentemente, procede ahora dictar la presente disposición a fin de concretar la regulación del mencionado plan, que tendrá como objetivo fundamental capacitar para programar, impartir y evaluar cursos de formación ocupacional a los diferentes profesionales que imparten cursos incluidos en las programaciones de la consellería, tanto del plan nacional de formación e inserción profesional (FIP), como del Fondo Social Europeo (FSE), contemplando, entre otras materias, la tipología y el contenido de los cursos, la forma de ofertarlos y los criterios de selección de los alumnos, así como la formación del personal encargado de impartirlos.

La consecución de este objetivo supone un reto organizativo tanto para la Dirección General de Formación y Empleo como para las delegaciones provinciales de la consellería, teniendo en cuenta que deben facilitarse los medios humanos y materiales para que todos los docentes que actualmente imparten cursos o aquellos que en el futuro puedan impartirlos, estén en disposición de cumplir el mencionado requisito en el momento en que su cumplimiento sea imprescindible.

En base a todo lo anterior, a propuesta de la conselleira de Familia, Mujer y Juventud, consultado el Consejo Gallego de Enseñanzas Técnico Profesionales y el Consejo Gallego de Relaciones Laborales, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo 1º Objeto.

El presente decreto tiene por objeto el establecimiento de la regulación del plan autonómico de formación de formadores, consistente en un conjunto de medidas tendentes a capacitar para programar, impartir y evaluar cursos de formación ocupacional a...

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