Decreto 92/1996, de 29 de febrero, sobre características básicas y comunes de uniformidad de las policías locales de Galicia.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES
Rango de LeyDecreto

El artículo 17.1º de la Ley 3/1992, de 23 de marzo, de coordinación de policías locales, dispone que la Xunta de Galicia establecerá reglamentariamente las características básicas y comunes de uniformidad de las policías locales, que regularán, en todo caso, definición de piezas de uniforme, de insignias y de distintivos de puesto y mando, al objeto de su coordinación, de acuerdo con lo señalado en los Arts. 1, 4 y 5.1ºb) del citado texto legal.

La regulación de dicha coordinación, se efectuará por decreto, previo dictamen de la Comisión de Coordinación de las policías locales.

En consecuencia, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, previo informe favorable de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintinueve de febrero de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo 1º Uniformidad.

La uniformidad de trabajo de los policías locales de Galicia presentará las modalidades necesarias para acomodar la función realizada al medio en el que tenga lugar.

Asimismo, y según las estaciones meteorológicas anuales, contemplará las formas de invierno y verano.

Artículo 2º Uso.
  1. Los funcionarios de los cuerpos de policía local se abstendrán de vestir el uniforme reglamentario cuando se encuentren fuera de servicio.

  2. En las prendas que integran el uniforme reglamentario, sólo podrán exhibirse las divisas, emblemas, condecoraciones y efectos que se determinen.

Artículo 3º Enumeración de las prendas y efectos de uniformidad.
  1. El uniforme de trabajo de los funcionarios pertenecientes a los cuerpos de policía local de Galicia en la modalidad de invierno, estará integrado por las siguientes prendas:

    1. Para personal masculino:

      -Gorra de plato.

      -Cazadora.

      -Pantalón.

      -Camisa de manga larga.

      -Corbata con alfiler.

      -Cinturón.

      -Jersey.

      -Cazadora de piel.

      -Chaleco guateado.

      -Chuvasquero y pantalón de aguas.

      -Zapatos.

      -Calcetines.

      -Guantes.

      -Botas de agua.

    2. Para personal femenino:

      -Gorra de plato.

      -Cazadora.

      -Pantalón o falda pantalón.

      -Camisa de manga larga.

      -Corbata con alfiler.

      -Cinturón.

      -Jersey.

      -Cazadora de piel.

      -Chaleco guateado.

      -Chuvasquero y pantalón de aguas.

      -Calcetines o medias-panti.

      -Zapatos.

      -Guantes.

      -Botas de agua.

  2. Si las funciones de los policías locales se producen principalmente en el medio rural, o cuando las circunstancias climatológicas lo aconsegen, los zapatos se podrán substituir por botas; en este caso se vestirá pantalón de tubo.

    Cuando se utilice vehículo de dos ruedas a motor, además del casco reglamentario, se utilizará la protección de cazadora larga y pantalón de cuero negro, calzando botas adecuadas.

  3. La modalidad de verano presenta las mismas prendas anteriores, excepto cazadora, corbata y camisa de manga larga, sustituida por camisa de manga corta y cuello abierto.

  4. La descripción y características de las prendas enumeradas en este artículo, se especifican en el anexo I de este decreto.

Artículo 4º Descripción de insignias.

Las insignias sirven para diferenciar las escalas y las categorías profesionales.

  1. Las escalas se distinguen por el color del ribete en las hombreras y portainsignias, y por el barbuquexo de la gorra de plato.

    El color será dorado para la escala técnica o de mando y plateada para la ejecutiva.

  2. Las categorías se diferencian por unas barras sujetas en las hombreras o en las portainsignias, según la posición, el número y el color de ellas.

Artículo 5º Colocación de insignias.

Las insignias, para que sean visibles, se llevarán en las hombreras. Si la prenda no tuviera hombreras, las insignias irán sujetas a un soporte portainsignias que se prenderá en el pecho.

Todas las hombreras...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR