DECRETO 198/2012, de 27 de septiembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a diversas categorías de personal estatutario licenciado sanitario del Servicio Gallego de Salud para el año 2012.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE SANIDAD
Rango de LeyDecreto

La Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, y el Decreto 206/2005, de 22 de julio, de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud, prevén la convocatoria periódica de procedimientos de selección de personal estatutario fijo que garanticen los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en su acceso.

Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la oferta de empleo público, que se aprobará por los órganos de gobierno de las administraciones públicas y que, como instrumento de gestión de la provisión de las necesidades de personal, podrá contener además medidas derivadas de la planificación de recursos humanos, tal y como así se dispone en el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público.

La Ley 11/2011, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, establece los criterios generales para la incorporación de personal de nuevo ingreso al sector público gallego en el año 2012, determinando que como máximo será igual al 10 % de la tasa de reposición de efectivos y se concentrará en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

Más recientemente, el Real decreto ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, tras establecer en su artículo 3.uno), precepto de carácter básico, el mandato general de no incorporación de nuevo personal al sector público a lo largo del año 2012, excepciona de dicha limitación a las administraciones públicas con competencias sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del Sistema nacional de salud, en las que la tasa de reposición se establece en el 10 %.

El último proceso de selección de personal estatutario fijo en el ámbito del Servicio Gallego de Salud se inició con el Decreto 199/2008, de 28 de agosto, por el que se aprobó la oferta de empleo público correspondiente a las categorías de personal estatutario licenciado sanitario, seguido del Decreto 25/2009, de 12 de febrero, que aprueba la oferta de empleo público de los restantes colectivos, siendo las categorías de facultativa/o especialista de área y médica/o de urgencias hospitalarias las primeras en finalizar su selección e incorporarse a los destinos adjudicados.

Habiendo transcurrido un año desde esta última fecha y concurriendo la necesidad y prioridad de incorporar nuevas/os profesionales en dichas categorías, por la condición de servicio público esencial de la actividad que realizan, procede iniciar un nuevo procedimiento de selección de personal fijo en las categorías de facultativa/o especialista de área y médica/o de urgencias hospitalarias con la aprobación del previo y preceptivo decreto de oferta de empleo público.

Para el cómputo de las plazas ofertadas se tuvo en consideración la aplicación del porcentaje de la tasa de reposición fijado por la normativa presupuestaria.

En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Consellería de Sanidad, previa negociación con la representación sindical en el seno de la Mesa sectorial de negociación del personal sanitario al servicio de la comunidad autónoma y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintisiete de septiembre de dos mil doce,

DISPONGO:

Artículo 1 Aprobación de la oferta de empleo público
  1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.8º del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, artículo 30 y disposición adicional undécima de la Ley 11/2011, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2012, así como en el artículo 3 del Real decreto ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, se aprueba la oferta de empleo público de diversas categorías de personal estatutario licenciado sanitario de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud para el año 2012 en los términos que se establecen en este decreto.

Artículo 2 Cuantificación de la oferta de empleo público
  1. En la oferta de empleo público se incluyen las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso según la distribución que se detalla en el anexo de este decreto.

  2. La distribución por especialidades de las plazas ofertadas correspondientes a la categoría de facultativo especialista de área se efectuará siguiendo los criterios de planificación y ordenación de los recursos humanos contenidos en la disposición adicional primera de este decreto y se determinará en la/s respectiva/s convocatoria/s que se publicará/n en el Diario Oficial de Galicia.

Artículo 3 Sistema de selección

De conformidad con lo...

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