Resolución de 27 de julio de 2008 por la que se convoca concurso de traslados para la cobertura de puestos de trabajo de personal sanitario funcionario incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 17/1989, de 23 de octubre, de creación de escalas del personal sanitario funcionario al servicio de la comunidad autónoma.

Sección4 - Oposiciones y Concursos
EmisorSERVICIO GALLEGO DE SALUD
Rango de LeyResolución

Según se establece en el artículo 29 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, el concurso constituye el sistema normal de provisión de puestos de trabajo en la Administración.

Actualmente existen puestos de trabajo vacantes de personal sanitario funcionario no ocupados por personal temporal, para ser desempeñados por personal perteneciente a la escala de salud pública y administración sanitaria, de las relaciones de puestos de trabajo de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, referentes al personal de cuerpos y escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 17/1989, de 23 de octubre, de creación de escalas del personal sanitario al servicio de la comunidad autónoma, cuya provisión resulta necesaria para el buen funcionamiento de los servicios.

De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria decimocuarta del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, antes citado, no se incluyen en el presente concurso los puestos de trabajo vacantes ocupados por personal interino con anterioridad al 1 de enero de 2005.

Este centro directivo, en uso de las competencias que tiene delegadas por el Decreto 46/2006, de 23 de febrero, por el que establece la estructura orgánica del Servicio Gallego de Salud, y la Orden de la Consellería de Sanidad de 8 de mayo de 2006, sobre delegación de competencias en órganos centrales y periféricos del Servicio Gallego de Salud, en relación con el apartado 7a) del artículo 17 del citado decreto legislativo, tras la negociación con la representación del personal en la Mesa Sectorial de Negociación del personal sanitario, en su reunión de 31 de julio de 2008, acuerda convocar el presente concurso para la provisión de los puestos de trabajo vacantes que se relacionan en el anexo I de la presente resolución de conformidad con las siguientes bases:

Primera.-Requisitos de participación.

1.1. Solo podrá participar en el presente concurso las personas funcionarias incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 17/1989, de 23 de octubre, que en la fecha de la convocatoria reúna los requisitos exigidos para desempeñar los puestos a los que se opta conforme a lo especificado en cada caso en el anexo I de la presente convocatoria, siempre que lleven dos años desempeñando un puesto definitivo obtenido por concurso, y pertenezca a la escala de salud pública y administración sanitaria, en sus respectivas clases, excepto las siguientes:

Grupo A: farmacéuticos/as inspectores/as de salud pública, inspectores/as médicos/as, inspectores/as farmacéuticos/as.

Grupo B: subinspectores/as sanitarios.

1.2. Están obligados a participar en el presente concurso los/as funcionarios/as de la escala de salud pública y administración sanitaria, con las excepciones expuestas anteriormente, que se encuentren:

  1. En destino provisional en un puesto de trabajo como consecuencia del reingreso al servicio activo, y reúnan los requisitos exigibles en la presente convocatoria y anexo correspondientes, todo ello de conformidad y con los efectos previstos en el artículo 61 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia.

  2. Cesados en un puesto de trabajo obtenido por libre designación, o bien por la supresión de su puesto de trabajo o removidos de los obtenidos por concurso y adscritos provisionalmente a un puesto de trabajo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 93/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna.

  3. Excedentes forzosos.

Los/as concursantes forzosos/as tienen la obligación de solicitar, por orden de preferencia, todos los puestos de trabajo vacantes a los que puedan acceder.

Los/as concursantes forzosos/as que incumplan total o parcialmente esta obligación serán declarados/as de oficio en la situación de excedencia voluntaria.

1.3. Los/as concursantes deberán indicar, por orden de prelación, las vacantes por las que opten de las que se incluyen en el anexo I de esta resolución.

1.4. Asimismo, los/as funcionarios/as que lo deseen podrán solicitar los puestos de trabajo que pudiesen resultar vacantes como consecuencia de la resolución del presente concurso, especificando su preferencia de acuerdo con los siguientes datos:

-Localidad/es.

-Nivel del puesto de trabajo al que opte (especificando el nivel mínimo que se solicita).

Estos puestos de trabajo únicamente podrán ser adjudicados en el caso de que el/la titular que los desempeñe con carácter definitivo obtenga otro en el presente concurso. Consecuentemente, si el/la citado/a titular no participa en el mismo o, participando, no obtiene destino, se entenderá que dicho puesto no fue convocado.

La adjudicación de los mismos se hará de acuerdo con las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR