Decreto 366/1998, de 23 de diciembre, por el que se regula la integración del personal del departamento de Ingeniería de la Red de la CRTVG y sus funciones en la sociedad Redes de Telecomunicación Galegas Retegal, S.A.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE CULTURA, COMUNICACION SOCIAL Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

Por el Decreto 59/1997, de 20 de febrero, se creó la sociedad Redes de Telecomunicación Galegas, Retegal, S.A., siendo constituida en escritura pública notarial el 7 de abril de 1998 y asumiendo, en virtud de lo previsto en el artículo 2 de sus estatutos, la gestión de infraestructuras, sistemas y servicios de telecomunicación de la Xunta de Galicia, entre los que cabe incluir el servicio portador soporte de los servicios de radiodifusión y televisión en nuestra Comunidad Autónoma.

Es por ello que, la creación de la mencionada sociedad, aconseja integrar en ella a todo el personal que

actualmente presta servicios en el departamento de Ingeniería de la Red de la Compañía de Radio-Televisión de Galicia al objeto de unificar en una sola entidad dicho personal y las funciones que realizan de mantenimiento y gestión de las infraestructuras de la red de transporte y difusión de la Radio y Televisión de Galicia y que, a la vista de sus estatutos, compete a Redes de Telecomunicación Galegas, Retegal, S.A.

En virtud de ello, a propuesta del conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo, deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintitrés de diciembre de mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo lº

La sociedad Redes de Telecomunicación Galegas Retegal, S.A. prestará el servicio portador soporte de los servicios de radiodifusión y televisión de la Comu

nidad Autónoma de Galicia que actualmente viene prestando la Compañía de Radio-Televisión de Galicia.

Artículo 2º
  1. A tales efectos, se integra en la sociedad Redes de Telecomunicación Galegas Retegal, S.A. a todo el personal que actualmente presta sus servicios en el departamento de ingeniería de la Red de la Compañía de Radio-Televisión de Galicia, garantizando todos sus derechos adquiridos.

  2. Redes de Telecomunicación Galegas Retegal, S.A. se subrogará en todos los contratos que tuviese subscritos la Compañía de Radio-Televisión de Galicia, a efectos de prestación del servicio previsto en el citado artículo 1º.

Disposición adicional

Redes de Telecomunicación Galegas, Retegal, S.A. facilitará a la Compañía de Radio-Televisión de Galicia y a sus sociedades, Radiotelevisión de Galicia S.A. y Televisión de Galicia S.A., los sistemas de transporte y difusión de sus señales. A tal efecto, Redes...

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