DECRETO 166/2011, de 28 de julio, por el que se declara en concreto la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de mejora de estabilidad del talud de desmonte entre los p.k. 85+160 y 85+320 del margen izquierdo de la autopista AG-53, en el ayuntamiento de Ourense (clave OU/03/042.01.5.3).

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Rango de LeyDecreto

Con fecha 12 de mayo de 2011 la Dirección General de Infraestructuras resolvió aprobar el proyecto de mejora de la estabilidad del talud de desmonte entre los p.k. 85+160 y 85+320 del margen izquierdo de la autopista AG-53, en el ayuntamiento de Ourense (clave OU/03/042.01.5.3).

El objeto del presente proyecto es el análisis de la estabilidad del talud de desmonte situado entre los p.k. 85+120 y 85+320 de la autopista AG-53 (Santiago–Ourense), ya que en noviembre del pasado año fue detectada una grieta en la superficie del talud de desmonte, en su margen izquierdo, que evidenciaba signos de inestabilidad de la ladera situada sobre dicha fractura. A raíz de ello surge la necesidad de ejecución de obras para mejorar la estabilidad de este talud, con el desempeño urgente y provisional de una pantalla de protección frente a desprendimientos, y como solución definitiva el tendido del talud.

Se proyecta la disminución de la pendiente del talud de desmonte hasta hacerla ligeramente inferior a la pendiente de la superficie de discontinuidad predominante, evitando así la generación de cuñas y superficies de rotura que pudieran poner en riesgo la estabilidad del propio desmonte.

La justificación de la urgencia de ocupación de los bienes y derechos precisos para la ejecución de esta actuación viene motivada por la necesidad de solventar los problemas de estabilidad en zonas concretas del talud de desmonte de la autopista AG-53 Alto de Santo Domingo–A-52, especialmente en épocas de meteorología desfavorable, ya que se presentan caudales e niveles de agua más elevados de los existentes en la actualidad.

La competencia para efectuar la declaración de urgente ocupación la tiene atribuida la Xunta de Galicia en virtud del artículo 2 del Decreto 156/1982, de 15 de diciembre, sobre asunción de transferencias en materia de carreteras y su asignación al departamento competente, actualmente la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

En virtud de todo lo expuesto y en aplicación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR