DECRETO 10/2019, de 17 de enero, por el que se crea y se regula el Comité de Coordinación de la Red de Reservas de la Biosfera de Galicia.

Fecha de Entrada en Vigor11 de Marzo de 2019
Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda
Rango de LeyDecreto

El Decreto 95/2017, de 21 de septiembre, creó la Red de reservas de la biosfera de Galicia.

Las reservas de la biosfera (RB) son territorios cuyo objetivo es armonizar la conservación de la diversidad biológica y cultural y el desarrollo económico y social a través de la relación de las personas con la naturaleza.

El marco estatutario de la Red mundial de reservas de la biosfera regula la participación en red, considerando que se debe propiciar la constitución y cooperación de subredes regionales.

En este marco, en la Red de reservas de la biosfera de Galicia se incluyeron todos los espacios declarados reserva de la biosfera por la Unesco situados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia. En la actualidad existen en Galicia seis reservas de la biosfera declaradas por la Unesco: Terras do Miño, Área de Allariz, Os Ancares Lucenses y Montes de Navia, Cervantes y Becerreá, Río Eo, Oscos y Terras de Burón, Transfronteriza Gêres-Xurés, Mariñas Coruñesas y Terras do Mandeo.

La existencia de una red garantiza la cooperación entre reservas y permite su interacción y su actuación como una auténtica red de aprendizaje del desarrollo sostenible.

Los objetivos fundamentales de la Red son la creación de nuevos vínculos entre las reservas de la biosfera declaradas en Galicia, y el reforzamiento de los ya existentes, propiciando la colaboración entre todas las reservas integrantes de la Red y fomentando su colaboración en la realización de proyectos comunes.

Al mismo tiempo, el funcionamiento en Red de las reservas de la biosfera de Galicia permite establecer sinergias y colaborar con otras redes territoriales o temáticas del Programa Hombre y Biosfera. A tal efecto, procede tener en cuenta que las reservas de la biosfera no sólo tienen un componente conservacionista y ambientalista, sino también económico y social, al poder configurarse como un instrumento idóneo para contribuir a la dinamización del rural gallego y para luchar contra su abandono.

La Red gallega de reservas de la biosfera es una apuesta de nuestra comunidad autónoma para facilitar la consecución de los fines de nuestras reservas y servir de cauce para el intercambio de experiencias y conocimientos entre ellas.

En consecuencia, con la aprobación del Decreto 95/2017, de 21 de septiembre, se constituyó una Red de reservas de la biosfera de Galicia que comprende unas 777.834,3 hectáreas (territorio de las 6 reservas actualmente declaradas). No obstante, la disposición final primera del Decreto 95/2017, de 21 de septiembre, prevé que la Red de reservas de la biosfera de Galicia disponga de un órgano colegiado de gestión, al señalar: «mediante decreto del Consello de la Xunta de Galicia se creará un órgano colegiado de gestión de la Red de reservas de la biosfera de Galicia, adscrito a la consellería competente en materia de ambiente y cuya presidencia ejercerá la persona titular de dicha consellería».

Tras la aprobación del Decreto 95/2017, de 21 de septiembre, por el que se crea la Red de reservas de la biosfera de Galicia, procede la tramitación y aprobación de una nueva disposición para la creación y regulación de un órgano de gestión de esta red, cuya presidencia ostentará la persona titular de la consellería.

Por lo expuesto, se considera que este decreto se adecúa a los principios establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que establece en su punto primero que, en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, las administraciones públicas actuarán de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

La Constitución española reconoce en su artículo 45.1 que todos tienen el derecho de disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo, y su artículo 149.1.23 establece la competencia exclusiva del Estado en materia de legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades que tienen las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección.

Conforme al artículo 27.30 del Estatuto de autonomía de Galicia, la Comunidad Autónoma gallega ostenta competencia exclusiva para el establecimiento de normas adicionales sobre protección del medio ambiente y del paisaje en los términos del artículo 149.1.23 de la Constitución española.

Por tal motivo, la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio convocó a los gestores de la Red con el objeto de que formulasen sus aportaciones en lo relativo a la regulación de este órgano de gestión, presentando al respecto una proposta inicial que fue sometida a las alegaciones de los representantes y órganos gestores de dichas reservas de la biosfera y que después de su valoración originó un texto de carácter reglamentario.

Este decreto tiene por objeto crear el Comité de Coordinación de la Red de Reservas de la Biosfera de Galicia para la gestión de la Red, como órgano colegiado de asesoramiento y coordinación adscrito a la consellería competente en materia de medio ambiente.

En este sentido, este decreto se estructura en tres capítulos y contiene 12 artículos, una disposición adicional y una disposición final. El capítulo I, que engloba los artículos 1 y 2, recoge el objeto de esta disposición, que es crear el Comité de Coordinación de la Red de Reservas de la Biosfera de Galicia y sus funciones; el capítulo II, que engloba los artículos 3 al 8, refiere la composición de este órgano colegiado, que contará con una presidencia, una vicepresidencia, la secretaría y las vocalías, y especifica en su articulado las personas que ostenten...

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