DECRETO 128/2017, de 30 de noviembre, por el que se declara en concreto la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el documento Reformado número 2 del acondicionamiento de la AC-406 Portomouro-Santa Comba, tramo parque empresarial de Santa Comba-Abuín, de clave AC/08/064.01.1, en el ayuntamiento de Santa Comba.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorConsellería de Infraestructuras y Vivienda
Rango de LeyDecreto

Antecedentes:

El 20 de abril de 2017 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 76 el Anuncio de 6 de abril de 2017 por el que se somete al trámite de información pública el documento Reformado núm. 2 del acondicionamiento de la AC-406 Portomouro-Santa Comba, tramo parque empresarial de Santa Comba-Abuín, de clave: AC/08/064.01.1, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Posteriormente, y tras el análisis de las alegaciones, informes y certificaciones presentadas, el 24 de noviembre de 2017 se aprobó el expediente de información pública del documento Reformado núm. 2 del acondicionamiento de la AC-406 Portomouro-Santa Comba, tramo parque empresarial de Santa Comba-Abuín, de clave: AC/08/064.01.1.

Este proyecto tiene por objeto definir las obras necesarias para el acondicionamiento de la carretera AC-406, en su tramo del parque empresarial de Santa Comba-Abuín, con la finalidad de ejecutar una adaptación que permita que los usuarios puedan evitar la travesía al núcleo de Salgueiroas, en los pp.kk. 25+680-27+740, de la carretera AC-406 Portomouro-Santa Comba, que permita reducir el tiempo de recorrido y contribuya a mejorar la seguridad vial, ya que el tramo objeto de la actuación se caracteriza por ser un trazado sinuoso con radios de curvas mínimos, intersecciones con visibilidad reducida y una sección transversal con arcenes muy estrechos.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Corresponde al Consello da Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento...

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