DECRETO 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria.

Fecha de Entrada en Vigor25 de Enero de 2018
Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsellería de Economía, Empleo e Industria
Rango de LeyDecreto

Con fecha de 14 de noviembre de 2016 se publica en el Diario Oficial de Galicia el Decreto 146/2016, de 13 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, con la finalidad de adaptarla a las necesidades que el momento aconsejaba acometer, teniendo en cuenta los principios de eficacia, suficiencia y racionalización que deben inspirar la actuación y organización administrativa.

Esta nueva dimensión organizativa se reflejó en el Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia, que, en su artículo 5, estructura la Consellería de Economía, Empleo e Industria en los siguientes órganos superiores y de dirección: la Secretaría General Técnica, la Dirección General de Energía y Minas, la Dirección General de Comercio y Consumo, la Secretaría General de Empleo y la Dirección General de Orientación y Promoción Laboral.

El referido Decreto 177/2016 modificó el vigente Decreto 175/2015, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, de manera que la Dirección General de Comercio pasa a denominarse Dirección General de Comercio y Consumo.

El impulso social, económico, laboral e industrial se configuran como los ejes fundamentales en el diseño, elaboración y ejecución de la acción política de la Consellería de Economía, Empleo e Industria con el fin de contribuir decisivamente a una nueva etapa de crecimiento y desarrollo económico de nuestra comunidad autónoma. Procede, por lo tanto, elaborar un texto único que recoja este cambio normativo y establezca de modo claro la estructura y funciones de la consellería.

Asimismo, se apovecha la elaboración del referido texto consolidado para introducir las nuevas competencias que asume esta consellería con la creación y puesta en funcionamiento de la Agencia Gallega de la Industria Forestal, así como otras modificaciones puntuales, centradas en el área de empleo, en la que se refuerzan los medios personales y materiales. Así, pasan a depender directamente de la persona titular de la Secretaría General de Empleo la jefatura de Servicio de Verificación de Fondos y la jefatura de Servicio de Igualdad, actualmente en la Dirección General de Orientación y Promoción Laboral y en la Secretaría General Técnica, respectivamente.

Por lo que se refiere a la organización de los servicios periféricos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, las jefaturas territoriales previstas en este decreto dependen orgánica y funcionalmente de la consellería, sin perjuicio de las funciones de coordinación del ejercicio de sus competencias que asume cada delegación territorial en su correspondiente ámbito territorial. Concretamente, la Consellería de Economía, Empleo e Industria mantiene su organización en cuatro jefaturas territoriales en A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra. En la presente disposición, la estructura periférica se adapta a los cambios organizativos de los servicios centrales.

En definitiva, la nueva estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria persigue hacer más ágil y eficaz la gestión administrativa, teniendo en cuenta los principios y los ejes aludidos que, en este ámbito, se traducen en una mayor racionalidad y eficacia en el desarrollo competencial y de gestión de las funciones que tiene atribuidas.

De acuerdo con lo anterior y de conformidad con la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, la actual estructura de la Consellería de Economía, Empleo e Industria se ajusta a los principios de austeridad, eficacia, eficiencia y coordinación en el diseño y funcionamiento de la Administración pública, con el objetivo de alcanzar una mejor adaptación a las necesidades sociales y laborales derivadas del actual escenario económico.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Economía, Empleo e Industria, previa deliberación del Consello de la Xunta, en su reunión del día veintiocho de diciembre de dos mil diecisiete,

DISPONGO:

TÍTULO IÁmbito competencial y organización general de la consellería

Artículo 1 Ámbito competencial

La Consellería de Economía, Empleo e Industria es el órgano de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia al cual, además de aquellas competencias y funciones establecidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, le corresponde, de conformidad con el Estatuto de autonomía y con la Constitución:

  1. El ejercicio de las competencias y funciones en los ámbitos de la promoción y dinamización de la economía, investigación, desarrollo e innovación, industria, seguridad industrial, metrologia, metales preciosos, energía, minas y recursos minerales, artesanía, comercio interior y exterior, consumo, así como la planificación, en colaboración con la consellería competente en materia de vivienda y suelo, de las infraestructuras de los servicios empresariales del suelo industrial,

  2. Proponer y ejecutar las directrices generales del Gobierno en el ámbito laboral, que engloba las competencias en materia de políticas activas de empleo, política laboral, relaciones laborales y seguridad y salud laboral, responsabilidad social empresarial, cooperativas y otras entidades de economía social, orientación y promoción laboral.

  3. Impulsar la actividad económica asociada a la industria forestal, con el avance de la competitividad y de la innovación de las empresas del sector y la utilización de la biotecnología como técnica en el avance de los productos forestales.

Artículo 2 Estructura de la consellería

Para el ejercicio de sus funciones, la Consellería de Economía, Empleo e Industria se estructura en los siguientes órganos superiores y de dirección:

  1. El/la conselleiro/a.

  2. Secretaría General Técnica.

  3. Dirección General de Energía y Minas.

  4. Dirección General de Comercio y Consumo.

  5. Secretaría General de Empleo.

    5.1. Dirección General de Orientación y Promoción Laboral.

  6. Jefaturas territoriales.

Artículo 3 Entidades instrumentales y demás órganos
  1. Quedan adscritas a esta consellería las siguientes entidades:

    1. El organismo autónomo Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia.

    2. El organismo autónomo Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral.

    3. El ente de derecho público Instituto Gallego de Promoción Económica.

    4. La Agencia Gallega de Innovación.

    5. La agencia Instituto Energético de Galicia.

    6. La Agencia Gallega de la Industria Forestal.

    7. El ente público Consejo Gallego de Relaciones Laborales.

  2. Asimismo, quedan adscritos a esta consellería los siguientes organismos:

    1. El Laboratorio Oficial de Metrología de Galicia, a través de la Subdirección General de Administración Industrial de la Dirección General de Energía y Minas.

    2. El Laboratorio de Consumo de Galicia, a través del Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia.

    3. La Real Academia Gallega de Ciencias, a través de la Agencia Gallega de Innovación.

    4. El Consejo Asesor en Investigación e Innovación de Galicia y el Observatorio de Innovación de Galicia, a través de la Agencia Gallega de Innovación.

  3. Por último, quedan adscritos a esta consellería, con el carácter, cometido y funciones establecidos en sus respectivas normas reguladoras, los siguientes órganos colegiados:

    1. El Consejo Gallego de Economía y Competitividad, creado por la Ley 9/2013, de 19 de diciembre.

    2. La Comisión de Precios de Galicia, regulada por el Decreto 106/1984, de 24 de mayo.

    3. El Consejo Gallego de Consumidores y Usuarios, creado por el Decreto 127/1998, de 23 de abril.

    4. La Comisión Gallega de la Artesanía, creada por la Ley 1/1992, de 11 de marzo.

    5. El Observatorio del Comercio de Galicia, creado por la Ley 13/2010, de 17 de diciembre.

    6. El Consejo Gallego de Cooperativas, creado por la Ley 5/1998, de 18 de diciembre.

    7. El Consejo Gallego del Trabajo Autónomo, creado por el Decreto 19/2013, de 17 de enero.

    8. El Consejo Autonómico de Empleo, los consejos provinciales de empleo y los comités territoriales de empleo, creados por el Decreto 192/2011, de 29 de septiembre.

    9. La Comisión Gallega de Formación Profesional Continua, creada por el Decreto 7/2005, de 13 de enero.

    10. El Consejo Gallego de Seguridad y Salud Laboral, creado por la Ley 14/2007, de 30 de octubre.

    11. El Consejo Gallego de la Representatividad de las Asociaciones Profesionales de...

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