DECRETO 161/2015, de 5 de noviembre, que modifica el Decreto 222/2011, de 2 de diciembre, por el que se regulan las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria
Rango de LeyDecreto

El 9 de diciembre de 2011 se publicó en el Diario Oficial de Galicia el Decreto 222/2011, de 2 de diciembre, por el que se regulan las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En esta norma la Xunta de Galicia estableció una serie de líneas, criterios y procedimientos para la coordinación, planificación y ordenación del Sistema universitario de Galicia, desde el absoluto respeto a la autonomía universitaria, con el objeto de racionalizar la oferta docente universitaria en todos los niveles y lograr su adecuación a las demandas y necesidades reales de nuestra comunidad autónoma, asegurando elevados índices de calidad que permitan a nuestra enseñanza universitaria situarse en excelentes niveles de competitividad, tanto a nivel nacional como internacional. Estos criterios fueron consolidados con la publicación de la Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia.

Entre las previsiones contenidas en el anterior decreto, se establecieron unos requisitos mínimos de demanda de las titulaciones oficiales, en forma de cómputo de los/las estudiantes de nuevo ingreso, de los que se hace depender su efectiva impartición, en el correspondiente curso académico.

La experiencia acumulada desde la entrada en vigor del decreto posibilitó la detección de deficiencias puntuales que están repercutiendo en el alumnado del sistema, circunstancia que lleva, en este momento, a afrontar una modificación de la norma para solventarlas. Esta situación provoca un diferente tratamiento de las titulaciones conjuntas internacionales Erasmus Mundus, con la finalidad de no entorpecer la movilidad de profesorado y estudiantes, así como las titulaciones que habilitan para el ejercicio de una profesión regulada, con el objetivo de fomentar el acceso al mercado de trabajo.

Por lo tanto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, a propuesta del conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, tras el informe del Consejo Gallego de Universidades, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Galicia y después de deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR