DECRETO 164/2015, de 13 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 101/2014, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

La vigente estructura orgánica de la Consellería de Hacienda se aprobó por el Decreto 101/2014, de 1 de agosto, publicado en el DOG núm. 153, de 13 de agosto de 2014 (corrección de errores en el DOG núm. 209, de 31 de octubre), modificado por el Decreto 20/2015, de 29 de enero, de racionalización de órganos colegiados de la Xunta de Galicia, y por el Decreto 72/2015, de 7 de mayo.

Mediante el Decreto 116/2015, de 4 de octubre, se modifica la estructura orgánica de la Xunta de Galicia (DOG núm. 190, de 5 de octubre). Este decreto entró en vigor el mismo día de su publicación y la modificación que introduce supone el incremento del número de sus departamentos pasando de ocho a diez, ya que las competencias de la anterior Consellería de Trabajo y Bienestar pasan a la Consellería de Política Social y a la Consellería de Economía, Empleo e Industria; las competencias de la anterior Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras pasan a la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y a la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, y las competencias de la anterior Consellería del Medio Rural y del Mar pasan a la Consellería del Medio Rural y a la Consellería del Mar. Esta circunstancia incide en las previsones que, en lo que se refiere a las intervenciones delegadas, figuran en la estructura orgánica vigente de la Consellería de Hacienda.

Así el apartado 5 del artículo 18 del decreto establece que:

5. Las intervenciones delegadas de todas las consellerías contarán con un Servicio de Fiscalización y Contabilidad, excepto las intervenciones delegadas en las consellerías de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria; Trabajo y Bienestar, y del Medio Rural y del Mar, que contarán con dos servicios.

Los/as interventores/as delegados/as podrán ser asistidos por interventores/as adjuntos/as o habilitados/as

.

En busca de la racionalidad del gasto en la prestación del servicio y de coherencia en la distribución de los efectivos existentes, se estima oportuno modificar este apartado del referido precepto, de conformidad con la actual estructura orgánica de la Xunta de Galicia.

Por otra parte, el artículo 6.b) del Decreto 129/2015, de 8 de octubre, por el que se fija la estructura...

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