DECRETO 18/2019, de 14 de febrero, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción del Plan de seguridad viaria de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad viaria (MSV) en el entorno de tramos de concentración de accidentes (TCA) en la carretera PO-552, puntos kilométricos 10+600 a 13+800, de clave PO/17/140.06, en los ayuntamientos de Nigrán y Baiona.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorConsellería de Infraestructuras y Movilidad
Rango de LeyDecreto

Antecedentes:

Primero. Con fecha de 24 de enero de 2018 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 17) el Anuncio de 10 de enero de 2018 por el que se somete al trámite de información pública la separata para información pública del proyecto de construcción del Plan de seguridad viaria de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad viaria (MSV) en el entorno de tramos de concentración de accidentes (TCA) en la carretera PO-552, puntos kilométricos 10+600 a 13+800, de clave PO/17/140.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Segundo. Tras el análisis de los certificados, alegaciones e informes presentados, el 11 de febrero de 2019 se aprueba el expediente de información pública e definitivamente el proyecto de construcción del Plan de seguridad viaria de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad viaria (MSV) en el entorno de tramos de concentración de accidentes (TCA) en la carretera PO-552, puntos kilométricos 10+600 a 13+800, de clave PO/17/140.06.

Este proyecto de construcción tiene por objeto la formulación de las actuaciones necesarias para reducir o evitar la accidentalidad en el tramo referenciado.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, le corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad y después de la...

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