DECRETO 180/2015, de 26 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 2/2010, de 8 de enero, por el que se regulan los órganos competentes y el procedimiento para la imposición de sanciones en materias del medio rural.

Fecha de Entrada en Vigor30 de Diciembre de 2015
Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DEL MEDIO RURAL
Rango de LeyDecreto

El día 22 de enero de 2010 se publicó en el Diario Oficial de Galicia el Decreto 2/2010, de 8 de enero, por el que se regulan los órganos competentes y el procedimiento para la imposición de sanciones en materias del medio rural.

El artículo 127.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, prevé que el ejercicio de la potestad sancionadora corresponde a los órganos administrativos que la tengan expresamente atribuida, por disposición de rango legal o reglamentario, y el artículo 134 de la misma norma legal exige que la potestad sancionadora se ejercite con arreglo a un procedimiento legal o reglamentariamente establecido.

Precisamente, uno de los objetivos del Decreto 2/2010, de 8 de enero, era regular la atribución competencial para el ejercicio de la potestad sancionadora en las materias propias del medio rural. Las materias propias del medio rural abarcan ámbitos materiales tan variados como los contemplados en las siguientes leyes: la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal; la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal; la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la viña y del vino; la Ley 2/2005, de 18 de febrero, de promoción y defensa de la calidad alimentaria gallega; la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia; la Ley 7/2012, 28 de junio, de montes de Galicia, y el Real decreto legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

El Decreto 2/2010, de 8 de enero, también contempla la materia de conservación de la naturaleza, que se regula en el ámbito autonómico en la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza.

No obstante lo anterior, la elaboración y entrada en vigor de nuevas disposiciones legales que afectan a este ámbito del medio rural determina la necesidad de actualizar de nuevo la regulación competencial en los procedimientos sancionadores, en conjunción con las competencias que tiene atribuidas la Consellería del Medio Rural al amparo del Decreto 166/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Medio Rural.

En concreto, surgen nuevas necesidades de regulación competencial que se derivan de la aplicación del régimen sancionador que se contiene en la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad...

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