DECRETO 197/2016, de 29 de diciembre, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de trazado y el estudio de impacto ambiental de la actuación del vial de conexión de la A-52 con el polígono industrial de San Cibrao das Viñas, tramo A-52-N-525, de clave OU/08/053.01.1, en los ayuntamientos de San Cibrao das Viñas y Taboadela.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorConsellería de Infraestructuras y Vivienda
Rango de LeyDecreto

Antecedentes.

Con fecha 10 de octubre de 2014 fue aprobado definitivamente el Plan sectorial de la red viaria de Ourense y su área de influencia, de clave OU/09/283.00, que incluía este vial.

Mediante Resolución de 28 de octubre de 2015, la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental formula el informe de impacto ambiental del referenciado proyecto.

El 6 de noviembre de 2015 se publica en el Diario Oficial de Galicia (núm. 212) el Anuncio de 29 de octubre de 2015 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de trazado y el estudio de impacto ambiental de la actuación del vial de conexión de la A-52 con el polígono industrial de San Cibrao das Viñas, tramo: A-52-N-525, de clave OU/08/053.01.1, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Posteriormente, y tras el análisis de los informes, alegaciones y certificados, el 7 de junio de 2016 se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de trazado y el estudio de impacto ambiental de la actuación del vial de conexión de la A-52 con el polígono industrial de San Cibrao das Viñas, tramo: A-52-N-525, de clave OU/08/053.01.1.

Este proyecto tiene por objeto la ejecución de la conexión entre la autovía A-52 y la carretera N-525, con una nueva infraestructura viaria que supondrá el primer tramo de una actuación más amplia que mejore la conexión entre los polígonos industriales y los ejes de gran capacidad. En la actualidad, los vehículos que circulan entre la A-52 y el polígono de San Cibrao das Viñas o el Parque Tecnológico se ven obligados a transitar por tramos de la N-525 para llegar a su destino.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, le corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo...

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