DECRETO 53/2019, de 23 de mayo, por el que se crea y se regula la Medalla Emilia Pardo Bazán para el reconocimiento de acciones relevantes a favor de la igualdad entre mujeres y hombres.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorVicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia
Rango de LeyDecreto

La Constitución española, en su artículo 14, proscribe toda discriminación por cualquier circunstancia personal o social y, el artículo 9.2, establece la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de las agrupaciones en que se integra sean reales y efectivas.

El Estatuto de autonomía de Galicia establece, en su artículo 4.2, que corresponde a los poderes públicos de Galicia promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en los que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los gallegos y gallegas en la vida política, económica, cultural y social.

La igualdad también es un principio fundamental en la Unión Europea. Desde la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam, el 1 de mayo de 1999, la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de las desigualdades entre unas y otros son objetivos que se deben integrar en todas las políticas y acciones de la Unión Europea y de sus Estados miembros, y siguiendo la estela de la Conferencia Mundial sobre la Mujer en Beijing 1995, parece claro que Europa apuesta por la integración de la perspectiva de género en todos los procesos y procedimientos de las instituciones y organizaciones.

En el marco estatal la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en el marco gallego el Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, introducen la previsión de políticas activas para hacer efectivo este principio de igualdad, recogiendo expresamente que dicho principio «informará, con carácter transversal, la actuación de todos los poderes públicos y que las administraciones públicas lo integrarán, de forma activa, en la adopción y ejecución de las dos disposiciones normativas, en la definición y presupuestación de políticas públicas en todos los ámbitos y en el desarrollo del conjunto de todas sus actividades».

También el Gobierno de la Xunta de Galicia, consciente de la importancia de promover la consecución de una igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en todos los ámbitos, y de la necesidad de eliminar las barreras, los estereotipos y los roles de género que lo impiden, elaboró y aprobó varios instrumentos de planificación específicos con esta finalidad: el VII Plan estratégico de Galicia para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres 2017-2020, el II Programa gallego de mujer y ciencia 2016-2020, así como el Plan gallego de conciliación y corresponsabilidad 2018-2021.

Este decreto materializa el reconocimiento y la incentivación de aquellas actuaciones relevantes que, a favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, desarrollan en la Comunidad Autónoma de Galicia personas, colectivos, entidades o instituciones, tanto públicas como privadas.

La condecoración que se crea a través de este decreto lleva el nombre de Emilia Pardo Bazán por tratarse de una precursora de las ideas sobre los derechos de las mujeres y el feminismo, reivindicar la educación e instrucción de las mujeres como algo fundamental e incorporar en todas sus obras ideas sobre la modernización de la sociedad y el acceso de las mujeres a los mismos derechos y oportunidades que tenían los hombres en su época.

En su virtud, a propuesta del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, en virtud de las facultades atribuidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, y tras la deliberación del Consello de la Xunta en su reunión del día veintitrés de mayo de dos mil diecinueve

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto

Este decreto tiene por objeto crear y regular la Medalla Emilia Pardo Bazán para otorgar un reconocimiento público a las acciones desarrolladas en la Comunidad Autónoma de Galicia, que hayan contribuido y destacado en la defensa de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.

Artículo 2 Personas destinatarias

Se podrá otorgar este reconocimiento a las personas mayores de edad, colectivos, entidades o instituciones, tanto públicas como privadas que, con su trayectoria o labor, contribuyesen y destacasen en el desarrollo en la Comunidad Autónoma de Galicia de acciones relevantes en el ámbito de la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres.

Artículo 3 Condecoraciones
  1. Se concederán anualmente hasta un máximo de tres condecoraciones, bajo la denominación Medalla Emilia Pardo Bazán, que revestirán la forma de medalla cuando se otorguen a título individual, y de placa cuando se otorguen a colectivos, entidades o instituciones.

  2. La concesión será discrecional y se efectuará en función de las acciones de relevancia y trascendencia que se hayan realizado y de las circunstancias que concurran en cada caso.

  3. La Medalla Emilia Pardo Bazán tiene carácter exclusivamente honorífico, dará derecho a un diploma acreditativo y no conlleva ningún tipo de dotación económica.

Artículo 4 Procedimiento de concesión

La Medalla Emilia Pardo Bazán será otorgada por la persona titular de la...

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