DECRETO 65/2016, de 2 de junio, por el que se modifica el Decreto 84/2012, de 16 de febrero, por el que se establecen los precios públicos por las prestaciones de las residencias de tiempo libre.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsellería de Política Social
Rango de LeyDecreto

El día 2 de marzo de 2012 se publicó en el Diario Oficial de Galicia el Decreto 84/2012, de 16 de febrero, por el que se establecen los precios públicos por las prestaciones de las residencias de tiempo libre.

En esta norma la Xunta de Galicia establece los precios públicos exigibles por las prestaciones de las residencias de tiempo libre de Panxón (Pontevedra) y de O Carballiño (Ourense), dependientes de la Consellería de Política Social, y que están especialmente indicadas para el disfrute del tiempo de ocio de las familias. Principalmente se determinan los precios por las estancias y manutención de las personas residentes y del servicio de comedor para los visitantes. También se incluyen descuentos y recargos de precios.

La experiencia acumulada desde la entrada en vigor del decreto y la prioridad de la Xunta de Galicia de ejecutar políticas autonómicas en materia de acción social de apoyo a la familia, especialmente de aquellos grupos de familias de especial consideración como son las familias numerosas, hacen necesario modificar el régimen de los descuentos establecidos en el decreto.

Por lo tanto, procede modificar el apartado 1 del anexo del Decreto 84/2012, de 16 de febrero, en lo relativo a los descuentos.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Política Social, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día dos de junio de dos mil dieciséis,

DISPONGO:

Artículo único Modificación del Decreto 84/2012, de 16 de febrero, por el que se establecen los precios públicos por las prestaciones de las residencias de tiempo libre

El apartado 1.2. del anexo del Decreto 84/2012, de 16 de febrero, por el que se establecen los precios públicos por las prestaciones de las residencias de tiempo libre, queda redactado como sigue:

1.2. Descuentos:

– Niños/as menores de 2 años que no utilicen los servicios de comedor o duerman en las habitaciones de sus responsables: exentos/as.

– Niños/as comprendidos entre 2 y los 12 años: 50 % sobre el importe de la estancia.

– Familias numerosas: 30 % sobre el precio final que resulte de su estancia.

– Personas con discapacidad: 10 %.

– Personas mayores de 60 años: 10 %.

– Grupos...

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