DECRETO 72/2015, de 7 de mayo, por el que se modifica el Decreto 101/2014, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda.
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Emisor | CONSELLERÍA DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
La vigente estructura orgánica de la Consellería de Hacienda se aprobó por el Decreto 101/2014, de 1 de agosto, publicado en el DOG número 153, de 13 de agosto (corrección de errores en el DOG número 209, de 31 de octubre).
Debido a las nuevas circunstancias surgidas desde la entrada en vigor de la vigente estructura orgánica de la consellería en agosto de 2014, es necesario proceder a su modificación, al objeto de que la persona titular de la consellería cuente con un apoyo técnico en materia de estudios y políticas de gasto sanitario. Por eso se crea una nueva Subdirección General de Estudios y Políticas de Gasto Sanitario, integrada orgánicamente en la Secretaría General Técnica y del Patrimonio y con dependencia funcional de la persona titular de la Consellería de Hacienda. De esta subdirección general dependerá un nuevo órgano de asesoramiento: el Servicio de Estudios y Asesoramiento.
Por otra parte, en el artículo 18 del decreto de estructura orgánica vigente se definen las funciones y estructura de las intervenciones delegadas y, entre ellas, en el apartado 6, se establece lo siguiente: «6. Existirá una intervención delegada de las entidades públicas instrumentales con nivel orgánico de subdirección general, que ejercerá, bajo la dependencia orgánica y funcional de la Intervención General, el control interno de la actividad económico-financiera de aquellas entidades en que así lo determine la Intervención General. Contará con un Servicio de Fiscalización y Contabilidad».
En este momento no es preciso el desempeño inmediato de las funciones previstas para la intervención delegada de las entidades públicas instrumentales; por lo tanto, se suprime el referido apartado. El Servicio de Fiscalización y Contabilidad previsto en el mismo pasa a depender, con la denominación de Servicio de Coordinación y Supervisión de Control Financiero Permanente de la Agencia Tributaria de Galicia, de la Subdirección General de Control Financiero Permanente y Auditoría del Sector Público, de la Intervención General de la Comunidad Autónoma, con la consiguiente modificación del artículo 16 del decreto.
De acuerdo con lo expuesto, a propuesta del conselleiro de Hacienda, con los preceptivos informes favorables y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día siete de mayo de dos mil quince,
DISPONGO:
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