Decreto 120/2000, de 19 de mayo, por el que se constituye el Colegio Oficial de Psicólogos de Galicia.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES
Rango de LeyDecreto

De acuerdo con el artículo 4.2º de la vigente Ley de colegios profesionales, de 13 de febrero de 1974, la fusión, absorción, segregación, cambio de denominación y disolución de los colegios profesionales de la misma profesión será promovida por los colegios, de acuerdo con lo dispuesto en sus respectivos estatutos, y requerirá la aprobación por decreto, una vez oídos los demás colegios afectados.

La Delegación de Galicia del Colegio Oficial de Psicólogos solicitó la creación del Colegio Oficial de Psicólogos de Galicia, por segregación del Colegio Oficial de Psicólogos, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 de los estatutos generales del Colegio Oficial de Psicólogos, aprobados por Real decreto 481/1999, de 18 de marzo.

En el expediente consta acta de la junta general de la delegación, celebrada el 6 de marzo de 1999, en la que se aprobó constituir el Colegio Oficial de Psicólogos de Galicia, y la comunicación al decano del Colegio Oficial de Psicólogos de la instrucción del expediente de constitución de dicho colegio.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Constitución española, al amparo de lo establecido en el artículo 27.29º del Estatuto de autonomía de Galicia, en la Ley orgánica 16/1995, de 27 de decembro, de transferencia de competencias a la Comunidad Autónoma de Galicia, en el Real decreto 1643/1996, de 5 de julio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de colegios oficiales o profesionales, en el Decreto 337/1996, de 13 de septiembre, sobre asunción de funciones y competencias a que se refiere el real decreto citado, y en el Decreto 161/1997, de 5 de junio, por el que se regulan los consejos gallegos de colegios profesionales y se crea el registro de colegios profesionales y sus consellos; a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día diecinueve de mayo de dos mil,

DISPONGO:

Artículo único Se constituye el Colegio Oficial de Psicólogos de Galicia, por segregación del Colegio Oficial de Psicólogos.
Disposiciónes transitorias

Primera.

  1. La Junta Rectora de la Delegación de Galicia del Colegio Oficial de Psicólogos quedará constituida en comisión gestora del...

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