DECRETO 36/2013, de 14 de febrero, por el que se aprueba el cambio de titularidad de un tramo de la carretera AC-299 (Padrón (AC-307)-AC-301) desde el punto kilométrico 0+000 al punto kilométrico 2+160 (límite municipal) a favor del Ayuntamiento de Padrón.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Rango de LeyDecreto

A tenor de lo previsto en el artículo 5 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de las carreteras incluidas en las redes dependientes de la Comunidad Autónoma y de las entidades locales deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras, previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone, en el artículo 54, que las carreteras autonómicas o provinciales o los tramos determinados de ellas en los que la circulación adquiera características urbanas se les entregarán a los respectivos ayuntamientos. El expediente se promoverá a propuesta del ayuntamiento o de la Administración titular de la carretera y será resuelto por el Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras, previo informe de ambos organismos.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, formuló propuesta favorable a la transferencia de titularidad del tramo de la carretera AC-299 (Padrón (AC-307)-AC-301) desde el p.k.: 0+000 al p.k.: 2+160 (límite municipal) a favor del Ayuntamiento de Padrón.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta del conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día catorce de febrero de dos mil trece,

DISPONGO:

Artículo 1

Se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Padrón del tramo de la carretera autonómica AC-299 (Padrón (AC-307)-AC-301) desde el p.k.: 0+000 al p.k.: 2+160.

Artículo 2

En aplicación del artículo 4 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Padrón deberá incorporar a su plan de carreteras el vial al que se refiere este decreto.

Artículo 3

La entrega del vial se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia, mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Artículo 4

Le corresponden al Ayuntamiento de Padrón, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del vial, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR