Decreto 275/1997, de 1 de octubre, por el que se crea la Subcomisión de Informática Educativa.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

El Decreto 290/1992, de 8 de octubre, por el que se modifica la composición y funciones de la Comisión de Informática de la Xunta de Galicia, crea las subcomisiones de Informática Fiscal y Presupuestaria y la Sanitaria, con el fin de estudiar y elevar al Pleno de la comisión, las propuestas relativas a la planificación y desarrollo de la informática especializada en dichas áreas.

La creciente implantación de la tecnología de la información en el área educativa hace aconsejable la creación de un órgano especializado en el estudio de las iniciativas informáticas en materia de educación y ordenación universitaria.

Por ello, a propuesta del conselleiro de la Presidencia y Administración Pública y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en la reunión de fecha uno de octubre de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo 1º

Dependiendo de la Comisión de Informática de la Xunta de Galicia, se crea la Subcomisión de Informática Educativa, que se encargará de elevar al Pleno de la comisión, las propuestas relativas a la planificación general y desarrollo de la informática educativa.

Artículo 2º

La Subcomisión de Informática Educativa tendrá la siguiente composición:

Presidente: el secretario general de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Vocales: el director general de Organización y Sistemas Informáticos.

El director general de Personal de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

El director general de Centros e Inspección Educativa.

El director general de Ordenación Educativa y de Formación Profesional.

El director general de Universidades e Investigación.

El director general de Política Lingüística.

El jefe del Servicio de Informática de la consellería.

Secretario: el subdirector general de Coordinación Administrativa y Gestión Presupuestaria.

Artículo 3º

Los miembros de esta subcomisión podrán delegar en favor de un subdirector o jefe de servicio de su centro directivo.

Disposición final

El presente decreto entrará en vigor al...

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