DECRETO 163/2012, de 26 de julio, por el que se derogan el Decreto 290/1992, de 8 de octubre, por el que se modifica la composición y funciones de la Comisión de Informática de la Xunta de Galicia y el Decreto 275/1997, de 1 de octubre, por el que se crea la Subcomisión de Informática Educativa.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

Al amparo de la autorización contenida en la disposición adicional tercera de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se aprobó el Decreto 252/2011, de 15 de diciembre, por el que se crea la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia y se aprueban sus estatutos (en adelante, Amtega), configurándola como la agencia pública autonómica que tiene por objeto la definición, desarrollo y ejecución de los instrumentos de la política de la Xunta de Galicia relativa a tecnologías de la información y comunicaciones, así como innovación y desarrollo tecnológico.

Según lo previsto en la disposición adicional primera (Constitución de la Amtega y supresión de la Secretaría General de Modernización e Innovación Tecnológica).

2. La Amtega asume las competencias y medios materiales que en la actualidad le corresponden a la Secretaría General de Modernización e Innovación Tecnológica, que quedará suprimida en el momento de la constitución efectiva de la Amtega

.

En la disposición adicional cuarta (Adscripción de órganos y puestos de trabajo de otras consellerías o entidades públicas) se establece que:

La Amtega asumirá progresivamente, de conformidad con el plan para la puesta en marcha de la Agencia de Modernización Tecnológica de Galicia y para la integración de los servicios tecnológicos de la Xunta de Galicia, aprobado por el Consejo de la Xunta de Galicia con fecha 21 de julio de 2011, y de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria tercera de este decreto, la prestación de servicios en materia de tecnologías de la información y comunicaciones a las consellerías de la Administración general de la Comunidad Autónoma y a las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico, de conformidad con los decretos que sean aprobados a tales efectos. En los decretos indicados, en los que se regulará el ejercicio de las competencias necesarias para llevar a cabo la prestación antedicha, se establecerán las oportunas adaptaciones de las correspondientes estructuras orgánicas y se incluirá la previsión del personal funcionario, estatutario y personal laboral de la Xunta de Galicia que quedará adscrito a la Amtega

.

Asimismo, la disposición transitoria tercera (Adscripción progresiva de servicios y personal TIC) establece...

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