Decreto 140/1997, de 5 de junio, por el que se desafectan del dominio público diversos inmuebles de las antiguas cámaras agrarias locales.

Sección3 - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

La disposición adicional séptima de la Ley 11/1995, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1996, en su apartado tres establece que el Consello de la Xunta, en la forma prevista en la Ley 3/1985, de 12 de abril, podrá desafectar y ceder el uso de los bienes inmuebles de las extintas cámaras agrarias a los ayuntamientos, organizaciones profesionales agrarias u otras entidades públicas o privadas sin fin de lucro, siempre que quede garantizada la conservación y aplicación de éstos a los fines y servicios de interés general agrario. Dicha cesión requerirá informe favorable de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes.

Teniendo en cuenta las solicitudes de cesión de uso presentadas, así como el informe de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes favorable a la cesión del uso, de 21 de junio de 1996, fue tramitado por la Consellería de Economía y Hacienda, según lo dis

puesto en el artículo 10 de la Ley 3/1985, expediente de desafectación del dominio público de varios inmuebles.

Por todo esto, de conformidad con la propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día cinco de junio de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se desafectan del dominio público los bienes descritos a continuación:

  1. Urbana.-Edificio sin número en el sitio de Arriba do Prado ou Arrequento, en el lugar de Gomil, parroquia y municipio de Aranga (A Coruña), compuesto de planta baja, distribuida en archivo, secretaría, sala de juntas y oficinas, de una superficie construida aproximada de 63 m. Rodeada por todos sus aires por un terreno destinado a monte de 9 áreas y 18 centiáreas. Forma todo una sola finca de dos ferrados y cuarto, o 9 áreas y 81 centiáreas. Linda: norte, riachuelo de Foxo, que lo separa del campo de José Grañas y Ángel Vázquez; sur, su cierre de monte de la herencia y de los herederos de Francisco García; este, prado al que le llaman Longo, de Ángel Vázquez Roca, y camino; y oeste, su cerrado de monte de la herencia y de los herederos de Francisco García.

    Inscrito en el Registro de la Propiedad de Betanzos en el tomo 1.431, libro 42, folio 134, finca nº3.257, inscripción 4ª.

  2. Rústica.-Terreno que llaman Horta da Baiuca, en el lugar de A Baiuca, parroquia y municipio de Arteixo (A Coruña), que mide seis áreas y veintiocho...

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