Decreto 256/1996, de 20 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Consellería de Cultura y Comunicación Social.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

Modificada la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, por el Decreto 212/1996, de 6 de junio, que crea la Consellería de Cultura y Comunicación Social, y establecidos sus centros directivos por el Decreto 237/1996, de 14 de junio, procede determinar la estructura orgánica y funcional de esta consellería, atendiendo a los principios de economía y eficacia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Cultura y Comunicación Social, con el informe previo de las consellerías de la Presidencia y Administración Pública y de Economía y Hacienda, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veinte de junio de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo 1º

La Consellería de Cultura y Comunicación Social es el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma al que le corresponden las competencias en materia de promoción cultural, patrimonio cultural, comunicación, telecomunicaciones, audiovisual y multimedia y todos los aspectos vinculables

al Camino de Santiago, según lo establecido en el Estatuto de Autonomía.

Artículo 2º

La Consellería de Cultura y Comunicación Social desempeñará las funciones de su competencia a través de los siguientes órganos:

  1. El Conselleiro.

  2. La Secretaría General.

  3. La Dirección General de Promoción Cultural.

  4. La Dirección General de Patrimonio Cultural.

  5. La Dirección General de Medios de Comunicación Social y Audiovisual.

  6. Los órganos colegiados.

  7. Las delegaciones provinciales.

  8. El Conselleiro.

Artículo 3º

El conselleiro es la autoridad superior de la consellería, y con tal carácter está investido de las atribuciones que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente.

  1. La Secretaría General.

Artículo 4º

Uno. La secretaría general ejercerá las funciones señaladas en el Decreto 119/1982, de 5 de octubre, además de las que le sean singular y especialmente encomendadas por delegación del titular del departamento.

Dos. Bajo la dependencia directa del secretario general existirán las siguientes unidades:

  1. Subdirección General de Coordinación Administrativa y Control Presupuestario.

    Ejercerá las funciones de gestión de todo el personal, la coordinación de la elaboración del anteproyecto del presupuesto, su seguimiento y control, la organización del registro y los demás aspectos relacionados con el régimen interior.

    Se estructura en las siguientes unidades:

    1.1. Servicio de Personal.

    1.2. Servicio de Régimen Interior y Gestión Presupuestaria.

    1.3. Servicio de Obras y Contratación.

    1.4. Servicio de Supervisión de Proyectos.

    1.5. Servicio Técnico Jurídico.

  2. Dependiendo orgánicamente de la secretaría general, con nivel orgánico de subdirección general, existirán las siguientes unidades:

    1. Intervención delegada.

    2. Asesoría jurídica.

  3. Dependiendo orgánicamente de la secretaría general y, funcionalmente, del conselleiro de Cultura y Comunicación Social, con nivel orgánico de subdirección general, existirá la siguiente unidad:

  4. Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.

    Uno. Le corresponde al Gabinete de Promoción del Camino de Santiago la dirección y coordinación de las actuaciones de la consellería en materia de promoción del Camino de Santiago y, especialmente, ejercerá las siguientes funciones:

    1. La promoción del Camino de Santiago, incluidas las actividades de animación.

    2. La gestión de la imagen corporativa del Xacobeo que redunde en la promoción del Camino de Santiago, así como la elaboración y publicación de estadísticas sobre el Camino de Santiago.

    3. La red de albergues y el complejo del Monte do Gozo.

    4. La promoción de alojamientos relacionados con el Camino de Santiago.

    5. Las relaciones sobre el Camino de Santiago con los ayuntamientos e instituciones religiosas.

    6. La promoción de la artesanía y el diseño relacionados con el Camino de Santiago.

    Dos. Para el desarrollo de sus funciones, la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago se estructura de la siguiente forma:

  5. El gerente de Promoción del Camino de Santiago con rango de subdirector general.

    Contará con el siguiente servicio:

  6. Servicio de Promoción del Camino.

    1. La Dirección General de Promoción Cultural.

Artículo 5º

Uno. Le corresponde a la Dirección General de Promoción Cultural la dirección y coordinación de las actuaciones de la consellería en materia de promoción cultural, del libro y bibliotecas y, especialmente, ejercerá las siguientes funciones:

  1. La promoción de las relaciones culturales en Galicia y el apoyo a las casas de cultura, centros y entidades socioculturales.

  2. La colaboración en el desarrollo del teatro, la danza, la música, las artes líricas y coreográficas.

  3. La puesta en práctica de medidas de apoyo para los artistas.

  4. El establecimiento de canales de información y promoción de la investigación en el campo cultural.

  5. La organización y colaboración en las exposiciones, congresos y coloquios y cursos de formación, así como la propuesta de convocatoria de becas y ayudas en relación con dichas materias.

  6. La preparación de convenios sobre estas mismas materias.

  7. El estímulo de la creación literaria y las publicaciones.

  8. La elaboración de planes respecto de la política del libro de acuerdo con las necesidades culturales de Galicia.

  9. La puesta en marcha de medidas de apoyo para los escritores.

  10. La tramitación de las solicitudes en el registro de la propiedad intelectual y la gestión del depósito legal.

  11. Las autorizaciones para la realización de ferias y exposiciones del libro y de material bibliográfico.

  12. La orientación del servicio público de la lectura para difundir la cultura por medio del libro.

  13. La organización y aprobación de los expedientes de creación de nuevas bibliotecas o servicios bibliotecarios, de sus reglamentos y conciertos, la organización de cursos de formación de bibliotecarios.

  14. La organización y colaboración en las exposiciones, congresos, coloquios y cursos de formación, así como la convocatoria de becas y ayudas, y la preparación de convenios sobre dichas materias del libro y bibliotecas.

  15. La programación y realización de exposiciones relacionadas con las principales tendencias y ámbitos de la creación artística contemporánea y, muy especialmente, de la creación artística nacida o relacionada con Galicia.

  16. La potenciación e incentivación de la creación artística en el campo de las artes plásticas y otras que se entienden como pertenecientes al arte contemporáneo.

  17. La contribución a la formación técnica y artística de aquellos que se dedican a las artes plásticas y otras que se entiendan como pertenecientes al...

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